Ordenanza Nº 2560/2019
Convenio de cooperación educativa con el instituto n° 27 ordenanza 2560/2019
H. Concejo Deliberante Bolívar Año del Centenario del Nacimiento de EVA PERON
Bolívar, 4 de Julio de de 2019
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 7562/19 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2560/2019 = ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio de Cooperación Educativa suscripto el día 1 de Febrero de 2019, entre la Municipalidad de Bolívar y el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N° 27, el cual tiene por objeto otorgar al Instituto permiso de uso de las instalaciones del Estadio Municipal y la Pista de Atletismo, con la finalidad de que sean utilizadas por los estudiantes de la carrera de Profesorado de Educación Física para la realización de las prácticas requeridas para la aprobación de las diferentes materias y que expresa: ---------------------------------------------------------------- CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA En Bolívar, a los 01 días del mes de Febrero de 2019, entre el INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA N° 27 de Bolívar, en adelante "EL INSTITUTO*, representado en este acto por su Directora Prof. María Graciela Scarillo, con domicilio en Güemes 62 de la^tiudad de Bolívar, y la MUNICIPALIDAD DE BOLÍVAR, en adelante "EL MUNICIPIO", representado en este acto por su Intendente Municipal Interino Sr. Marcos Emilio Pisano, con dogydlio en Avda. Belgrano N° 11, de la ciudad de Bolívar, acuerdan en celebrar el presente CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA, de conformidad con las siguientes cláusulas: ANTECEDENTES: Considerando que es una de la prioridades fundamentales de la gestión municipal el fomento y desarrollo de actividades educativas, es necesario poner a disposición de las Instituciones las dependencias municipales, a fin de contribuir a la formación de calidad de los estudiantes y profesionales de las distintas carreras dictadas en el INSTITUTO. En este sentido, las instalaciones del ESTADIO MUNICIPAL y la PISTA MUNICIPAL DE ATLETISMO resultan idóneas para que los estudiantes de la carrera de Profesorado de Educación Física realicen sus prácticas profesionales, así como la concreción de actividades conjuntas que favorezcan a su formación.--------......- PRIMERA: Los estudiantes de la carrera de Profesorado de Educación Física del INSTITUTO, podrán realizar las prácticas requeridas para la aprobación de las diferentes materias en instalaciones del Estadio Municipal y la Pista Municipal de Atletismo, dependientes de la Dirección de Deportes, Secretaría de Desarrollo Humano, Cultura y Deportes del MUNICIPIO....................... SEGUNDA: Los alumnos del INSTITUTO que utilizarán las instalaciones MUNICIPALES para el desarrollo de las prácticas profesionales, son aquellos que se encuentran cursando Io y 2o año de la carrera de Profesorado de Educación Física.................................................................... TERCERA: El instituto .utilizará las instalaciones municipales, los días y horarios a convenir con el Director de Deportes, de acuerdo a los espacios curriculares. Los estudiantes deberán cumplimentar con la documentación y requisitos que Indique EL MUNICIPIO, a través de dicha área.------------------- CUARTA: Se deja constancia, que ante el acaecimiento de cualquier accidente y/o siniestro que pudiere ocurrir durante el dictado de las ciases, al momento de encontrarse el edificio siendo utilizado por los decentes del INSTITUTO, éste será único y exclusivo responsable ante los alumnos y/o terceros afectados. Los alumnos tendrán la obligación de concurrir acompañados de Profesores del INSTITUTO. Sin su presencia los alumnos no podrán realizar actividad alguna. Asimismo el INSTITUTO se hace responsable de la gestión de los seguros y permisos correspondientes ante la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia...........................................-............ QUINTA: Se deja expresa constancia que la Municipalidad únicamente pone a disposición del INSTITUTO las instalaciones de los edificios municipales, no siendo responsable por los daños que
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pudiera causar el uso de los mismos.-EL MUNICIPIO no asume ningún tipo de responsabilidad frente a terceros, como asimismo el INSTITUTO no responde por los daños causados en el inmueble por vicios o defectos ocultos que presentare, como así tampoco por los daños derivados de caso fortuito o fuerza mayor. En caso de evidenciarse cualquier daño o pérdida en la infraestructura, mobiliario y/o equipos del inmueble cedido durante la realización del evento, el INSTITUTO se compromete a proceder a su inmediato resarcimiento, debiendo devolver el bien y/o las instalaciones, según corresponda, en el mismo estado en que le fue entregado........................................................................ SEXTA: El INSTITUTO declara conocer y comprometerse a cumplir y hacer cumplir las disposiciones y los reglamentos internos de la MUNICIPALIDAD, tales como observar las normas de seguridad, higiene, disciplina, que rigen en dicho MUNICIPIO.................................................................... SÉPTIMA: El plazo de vigencia del presente convenio se extiende desde el día 02 de Enero de 2019 hasta el día 31 de Diciembre del año 2019, pudiendo ser prorrogado por acuerdo de ambas partes.........-- OCTAVA;Para todos los efectos legales y/o judiciales inherentes al cumplimiento del presente contrato, las partes contratantes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios del Departamento Judicial de Azul, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles por cualquier concepto. Asimismo las partes constituyen como domicilios legales los ya denunciados al comienzo, donde serán válidas todas las comunicaciones judiciales y/o extrajudiciales que se efectúen.- En prueba de conformidad se Firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en el lugar y fechas indicados, constituyendo domicilio en los establecidos en el encabezamiento. ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A TRES DIAS DEL MES DE JULIO DE 2019. FIRMADO
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.