Ordenanza Nº 2229/2013
Comodato antena radio club bolivar
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 30 de Mayo de 2013 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP.Nº 6656/12 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 2229/2013 = ARTICULO 1º: Convalidase el Contrato de Comodato suscripto entre la Municipalidad de Bolívar y la asociación civil RADIO CLUB BOLÍVAR, el pasado 29 de noviembre de 2011, que expresa: ------------------------------------------------------------------------------ CONTRATO DE COMODATO En la ciudad de San Carlos de Bolívar a los 29 días del mes de Noviembre de 2011, entre La Municipalidad de Bolívar, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Don José Gabriel ERRECA, DNI 17.096.719, con domicilio legal en calle Avda Belgrano 11 de Bolívar, por una parte en calidad de COMODANTE y por la otra RADIO CLUB BOLIVAR, Entidad de Bien Publico Decreto 3271/79, Personería Jurídica n° 783, don domicilio en Las Heras n° 193 de Bolívar, representada en este acto por su presidente Sr. Juan Bernardo Benito, DNI n° 5.250.916 , en calidad de COMODATARIOS se suscribe el presente contrato.---------------------- PRIMERA: La comodante cede en comodato una porción de terreno de 80 cm x 80 cm ubicada en el predio donde actualmente funciona la Planta Depurador Bolívar, dependiente de la Dirección de Obras Sanitarias, que es aceptada por los comodatarios en los términos y condiciones que determina por el presente la Municipalidad, y que será destinado a la instalación de una antena para estación repetidora. Queda claramente establecido que el alcance del presente contrato involucra ÚNICAMENTE la superficie/área de apoyo y riendas de anclaje, y no el resto del inmueble. SEGUNDA: Los comodatarios se comprometen a utilizar el predio dado en comodato para la instalación de una antena repetidora de 50mts. de altura, y no cederán ni transfieran su ocupación en todo o en parte, bajo pena de caducidad del plazo que más abajo se le otorga. TERCERA: El plazo de duración del presente COMODATO se establece en Diez AÑOS a partir de la fecha, y podrá ser renovado de común acuerdo. CUARTA: El presente comodato es a titulo gratuito. Los gastos de servicios estarán a exclusivo cargo de los comodatarios. QUINTA: En caso de incumplimiento por parte de los Comodatarios de las condiciones aquí establecidas, caducará de inmediato el plazo establecido y la comodante podrá solicitar de inmediato la restitución del predio totalmente desocupado, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial previa. A tal efecto los Comodatarios reconocen no tener ningún derecho de ocupación, uso o tenencia permanente sobre el inmueble, más allá de los que por el presente Contrato se otorgan. SEXTA: El inmueble deberá ser mantenido en perfectas condiciones de higiene y mantenimiento, debiendo el comodatario contratar un seguro (de antena) de responsabilidad civil por daños que se pudieren ocasionar, debiendo a todo evento mantener indemne a la Municipalidad ante cualquier reclamo sea propio o de terceros.- A los fines dispuestos en la presente cláusula, se autoriza a la comodataria a ingresar al predio dado en comodato. SÉPTIMA: El presente contrato se suscribe ad- referendum del Honorable Concejo Deliberante, y en caso de no aprobación, no generará derechos ni obligaciones de ninguna índole para las partes. En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha .arriba iniciados, constituyendo los domicilios en los establecidos en el encabezamiento.------------------------------
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H. Concejo Deliberante Bolívar ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. -----------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE 2013. FIRMADO:
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H. Concejo Deliberante Bolívar
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.