Ordenanza Nº 1917/2007
Convenio con municipio de h. yrigoyen
Bolívar 10 de Octubre de 2007 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 5776/07 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE =ORDENANZA Nº 1917/2007 = ARTICULO 1º: Convalidase el Acuerdo Ampliatorio del Acta Acuerdo aprobada por ordenanza n° 1699/03 suscripto entre la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen y la Municipalidad de Bolívar, cuya finalidad es, a través del Hospital Municipal "Miguel L. Capredoni", el Municipio de Bolívar pondrá a disposición de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen el Servicio de Terapia Intensiva por derivaciones necesarias y de cualquier índole, que se transcribe a continuación: “ACUERDO AMPLIATORIO DEL ACTA ACUERDO APROBADO POR ORDENANZAS N°5/2003 Y N°1699/03 AMBAS DE LOS HONORABLES CONCEJOS DELIBERANTES DE LOS DISTRITOS DE HIPÓLITO YRIGOYEN Y BOLÍVAR RESPECTIVAMENTE.---------------------------------------- Entre la MUNICIPALIDAD DE HIPÓLITO YRIGOYEN, representada por el Intendente Municipal Dr. Enrique TKACIK, con domicilio en la intersección de las calles Mariano Moreno y 9 de julio de la ciudad de Henderson, por una parte, y por la otra, la MUNICIPALIDAD DE BOLÍVAR, representada por el Intendente Municipal DR. Juan Carlos SIMÓN, con domicilio en la calle Belgrano N°l 1 de la ciudad de Bolívar, convienen en ampliar y por ende modificar lo pactado en el PUNTO PRIMERO DEL ACTA ACUERDO aprobada por ORDENANZAS N°5/2003 Y N°1699/2003, de los Distritos de Hipólito Yrigoyen y Bolívar respectivamente, quedando convenido de la siguiente manera:---------------------------------------------------- PRIMERO: Las partes firmantes acuerdan que la Municipalidad de Bolívar a través del Hospital Municipal de esa ciudad, pondrá a disposición de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen el SERVICIO DE UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA por derivaciones necesarias y de cualquier índole, que le sean realizadas desde el Hospital Municipal Dr. Saverio Mateo Galvagni de la ciudad de Henderson.------------------------------------------- SEGUNDO: La presente ampliación/modificación comenzará a regir a partir de la aprobación del presente por parte de los respectivos Honorables Concejos Deliberantes de cada Municipio interviniente.------------------------------------------------------------------- TERCERO: Mantendrán vigencia los demás puntos del Acta Acuerdo cuya aprobación corresponde a las mencionadas Ordenanzas N ° 5/2003 y 1699/2003.----------------------- CUARTO: La presente se suscribe ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante de cada Municipio.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Henderson, a los un días del mes de julio de 2007.” ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ------------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2007
FIRMADO:
RAUL MORONI JOSE GABRIEL ERRECA
Secretario HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.