Ordenanza Nº 1493/98
8 creando playa de estacionamiento de camiones
VETADA Bolívar, 29 de Diciembre de 1998 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP.Nº 4077/98 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 1493/98 =
ARTICULO 1º: Habilítase como Playa de Estacionamiento Municipal, para vehículos de gran porte (camiones, acoplados, maquinaria pesada), en el predio que posee la Municipalidad, ubicado en Avenida Cacique Coliqueo. Dicha Playa será de uso para aquellos transportistas que no posean depósito y/o garaje. ARTICULO 2º: Fíjase una Tasa Mensual por estacionamiento equivalente a 145 litros de gasoil mensual, a 80 litros de gasoil quincenal y al equivalente de 180 litros de gasoil pro día. ARTICULO 3º: A los fines de la habilitación del estacionamiento en la Playa Municipal, el DE deberá contratar una cobertura de seguro, que abarque los siguientes ítems: incendio y explosión hasta PESOS CIEN MIL ($ 100.000), robo y/o hurto hasta PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-) lesiones a terceros, hasta PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-). ARTICULO 4º: Asimismo el DE deberá ejecutar en el predio para estacionamiento las mejoras y construcciones que se adjuntan como ANEXO de la presente. ARTICULO 5º: Los gastos que demande la construcción de la Playa de Estacionamiento Municipal serán imputados a la partida 237.01.01.203.00.00 Conservación y Reparación, FINALIDAD 3, PROGRAMA 7, para el ejercicio de 1999. ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1998. FIRMADO: MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.