Ordenanza Nº 873/92
Incremento de luz pirovano
BOLÍVAR, 8 de Julio de 1992
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº 2428/92
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
• ORDENANZA Nº 873/92 •
ARTICULO 1º: Autorízase a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Pirovano Ltda. a fijar un costo básico del KWH de pesos 0,2456 para la facturación del mes de Mayo de 1992, con el siguiente cuadro tarifario ALUMBRADO PUBLICO $ 0,2477 Los primeros 50 KWK $ 0,2230 Los siguientes 50 KWH $ 0,2477 COMERCIAL R. $ 0,27233 Los " 100 KWH 3. 0,2723 OFICIALES $ 0,2723 $ Los " 100 KWH $ 0,2995 RURALES 0,2886 Excedente de 300 KWH $ 0,3295 ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.» - - -
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 2 días del mes de Julio de 1992
FIRMADO: DR. RAUL RUBEN AMADO (Vice-Pte, en ejercicio Pcia.) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario)
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.