Ordenanza Nº 874/92
Designando asistente social en pirovano
BO LÍV AR , 8 de J ul i o de 1992
Al DEPARTAMENTÓ Ref. Expte. Nº 2420/92 EJECUTIVO
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las facultades que son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº: 874/92
ARTICULO 1º: Créase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1991 prorrogado para 1992, en la Jurisdicción II – Finalidad (Bienestar social), un cargo, que será ocupado por un Asistente Social, afectado a la Delegación Pirovano, a partir del 1º de Julio de 92.
ARTICULO 2º: El D.E. deberá proceder a llamar a concurso para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. lº) y concordante con la Ordenanza Nº 203/86 y sus modificatorias, dentro de los sesenta (60) días de promulgada la presente.
ARTICULO 3º: El D.E. deberá adecuar las Partidas Presupuestarias para dar cumplimiento a la presente, como así también preveer las mismas en el Presupuesto para el Ejercicio 1992 y sucesivos. ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - -
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DE LIBERANTE DE BOLÍVAR , a los 2 días del mes de Julio de 1992.-
FIRMADO: DR. RAÚL RUBÉN AMADO (Vice-Pte. a cargo Presidencia) SR. JO SE ALFRED O ACUSE (Secretario)
ES COPIA.
0.
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.