Ordenanza Nº 872/92

Modificando ordenanza 851/1992

Ordenanzas · 2 de julio de 1992 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Ref. Expte. Nº: 2399/92 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO "EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 872/92 ■ ARTICULO 1º: Créase el CONSEJO MUNICIPAL DEL MEDIO AMBIENTE, con el objeto de: a) Proponer al D.E. acciones tendientes a la protección de los recursos ambientales existentes y a su mejoramiento b) Elaborar programas educativos y/o formativos en el ámbito distrital a fin de optimizar la relación del hombre con el medio c) Brindar asesoramiento a requerimiento de los poderes públicos, sobre la conveniencia o nó de determinados proyectos,- ARTICULO 2º El Consejo Municipal del Medio Ambiente estará integrado por un representante del Departamento Ejecutivo; Un representante de cada Bloque de Concejales que integran el H.C.D. Un representante del Consejo Escolar de Bolívar; Un representante de cada una de las Entidades Intermedias constituidas o a constituirse en el Partido de Bolívar, cuyo fin sea el de trabajar por la protección del medio ambiente y los recursos naturales ARTICULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para cursar las invitaciones para la integración del Consejo Municipal del Medio Ambiente de conformidad con el Art. 2º), y en un plazo no mayor de noventa (90) días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza- ARTICULO 4º: La totalidad de sus integrantes se desempeñarán con carácter honorario y podrán ser renovados o reelectos cada dos (2) años, total o parcialmente según lo determine el Reglamento y a propuesta de los respectivos órganos y entidades integrantes ARTICULO 5º: Podrán disponer de recursos económicos surgidos de donaciones y/o actividades tendientes a recaudarlos ARTICULO 6º: Una vez constituida la Comisión, la misma se abocará a la instrumentación del Reglamento que regirá la misma ARTICULO 7º: La Dirección de Cultura incluirá en la planificación publicitaria en los medios de difusión, la actividad de ésta Comisión.-

ARTICULO 8º: Comuníquese, regístrese, publíquese, archívese. ----- DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, 2 días del mes de Julio de 1992,- FIRMADO: DR. RAÚL RUBÉN AMADO (Vice -Pte.) JOSE ALFREDO ACUSE (SRIO)

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.