Ordenanza Nº 549/89
Incremento luz pirovano
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP. Nº 1664/89.-
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en USO de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 549/89
ARTICULO 1º): Apruébase la siguiente Escala de Tarifas, a aplicar en el mes de Abril de 1989, por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Pirovano Ltda. RESIDENCIALES: Los primeros 50 KWH/mes ..A KWH 3,8069 Los siguientes 50 KWH/mes ..A KWH 4,1876 Los siguientes 1OO KWH/mes •• A KWH 4,6064 Los siguientes 100 KWH/mes •• A KWH 5,0671 Excedente de 300 KWH/mes •• A KWH 5,5739 ALUMBRADO PUBLICO .................. #. A KWH 4,1876 COMERCIALES ............................ A KWH 4,6064 RURALES................................. A KWH 4,1857 ARTICULO 2º): Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- — ——
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 24 de MAYO de 1989 FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.)
E S C O P I A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.