Ordenanza Nº 548/89
Incremento luz bolivar
BOLÍVAR, 29 de MAYO de 1989.-
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP. Nº 1659/89
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 548/89
ARTICULO lo): Fíjase en A 3,58 el costo básico del KWH a facturar por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda (de Consumo),/ para las lecturas de medidores que se practiquen a partir del 1º de Mayo de 1989.
ARTICULO 2º): A partir de la facturación del mes de MAYO de 1989, queda sin efecto la aplicación del adicional del 4% para generación propia, que fuera autorizada por Ordenanza número 519/89
ARTICULO 30): Comuníquese, regístrese, publíquese, y archívese*— • — • DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 24 de MAYO de 1989.
FIRMADO: DR.JUAN E.COLOMBO (PTE.) > SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.)
ES C O PIA
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.