Ordenanza Nº 433/08
Regularizacion deudas frentistas pavimento plan 142 cuadras
H. Concejo Deliberante
Bolívar
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le
son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 433/08
ARTICULO lo):Establécese un régimen de regularización de deudas parafrentistas del
"PLAN DE PAVIMENTACIÓN DE 142 CUADRAS"de la Ciudad de Bolívar-
ARTICULO 2º): La deuda actualizada a la fecha de iniciación de éste régimen, podré
ser abonada en hasta 12 cuotas mensuales consecutivas que se irán ajustando con el
mismo régimen utilizado hasta la fecha para este plan, sin multas ni intereses
ARTICULO 3º): El D.Ejecutivo previo dictamen fundado de la Dirección de Bienestar
Social, podré establecer planes especiales de hasta 24 cuotas a aquellas personas que
justifiquen fehacientemente estar imposibilitadas de proceder al pago en el plazo
establecido en el artículo 2º).
ARTICULO 4º): A las entidades de bien público y/o sociales, deportivas yculturales,
podré otorgárseles un plazo de hasta 40 cuotas.
ARTICULO 5º: A los frentistas que a la fecha de ponerse en vigencia esteRégimen no
se les hubiere ejecutado el pavimento y tuviesen un mínimo de 30 (treinta) cuotas pagas,
se le efectuaré un ajuste mensual equivalente al 50% del índice determinado en el
artículo 2º.
ARTICULO 6º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 19
de MAYO de 1988*-
FIRMADO: DR JUAN E. COLOMBO (PTE) • SR HUMBERTO CALIGIURI (SRIO)
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.