Ordenanza Nº 432/88
Tarifas taxis mayo 1988
H. Concejo Deliberante
Bolívar
BOLÍVAR, 20 de MAYO de 1988.-
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las
facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 432/88
ARTICULO 1º):Apruébase la tarifa de taxímetros para la Ciudad de
Bolívar según lo detallado en el Anexo I que pasa a formar parte
integrante de la presente ordenanza
ARTICULO 20): La tarifa deberá ser impresa por el D. Ejecutivo
Municipal yobligatoriamente deberá ser exhibida en el respaldo del
asiento delantero del vehículo.
ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archivese
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE
DE BOLÍVAR, a 19 de MAYO de 1988.
FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO
CALIGIURI (SRIO.)
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.