Ordenanza Nº 338/87
Construccion nichos urdampilleta
H. Concejo Deliberante Bolívar BOLÍVAR, 08 de JULIO de 1987.
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF.; EXP. Nº 1117/87
ORDENANZA Nº 338/87
ARTICULO 1º; Constrúyanse en el Cementerio de Urdampilleta, el número de nichos que sea necesario según previa inscripción. ARTICULO 2º: Se deberá prever enel aporte de los interesados desde elinicio de las obras, a fin de posibilitar la pronta construcción de los mismos
ARTICULO 3º; El D.E. podrá disponer la construcción de los nichos porlicitación o por administración,
ARTICULO 4º; El D.E. deberá hacer las previsiones de partidas en el Presupuesto ARTICULO 1987, 5º; Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. -
DADA en la Sala de Sesiones del HCD de BOLÍVAR, a 7 de JULIO de 1987
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.