Ordenanza Nº 303/87
Anticipo tasa alumbrado
H. Concejo Deliberante Bolívar AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO ORDENANZA Nº 303/87
ARTICULO 1º)Modifícase el artículo 3º de la Ordenanza Fiscal 1987 (prorrogada) en el primer párrafo: "Autorí zase al Departamento Ejecutivo a emitir durante el añ o 1987 anticipos de la Tasa por Servicios de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la vía pú blica, hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) del emitido en el año anterior.-
ARTICULO 2º): Comuníquese, publíquese, regístrese y arch ívese
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR a 13 de FEBRERO de 1987.-
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.