Ordenanza Nº 399/88

Incremento luz pirovano enero 1988

Ordenanzas · 14 de enero de 1987 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF. EXP. Nº 1278/88

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las

facultades que le son propias sanciona con fuerza

ORDENANZA Nº 399/88

ARTICULO 1º):Fíjase el costo básico del KWH a facturar por

la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de

Pirovano Ltda en la suma de A O,4498 a partir del 1º de

ENERO de 1988 discriminándose proporcionalmente para

usuarios URBANOS Y RURALES.

ARTICULO 2º): A dichas facturaciones deberá practicárseles

un descuento del (10%) diez por ciento en la forma que

fija la Resolución Nº 2189/87 de la Direcciónde la Energía

de la Pcia. de Bs. As. (DEBA)

ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y

archívese

Dada en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE

BOLIVAR, a 14 de ENERO de 1988

FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) SR. HUMBERTO

CALIGIURI (SRIO)ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.