Ordenanza Nº 3042/2024

Convenio con IOMA

Ordenanzas · 12 de diciembre de 2024 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 12 de diciembre de 2024 Al Departamento Ejecutivo REF. EXP. Nº 8928/24-25

EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 3042/2024 = Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo, representado por el Intendente Municipal Sr. Marcos Emilio Pisano a suscribir el Convenio de Canon con el INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, que expresa: Entre el INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en adelante “EL IOMA” representado en este acto por el Sr. Homero Federico GILES con DNI 29.033.607 en su carácter de Presidente con domicilio en la calle 46 número 886 entre las calles 12 y Avda. 13 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por una parte , y la MUNICIPALIDAD DE……….., en adelante “ LA MUNICIPALIDAD”, representada en este acto por el Sr. ……….con D.N.I. N° …………… en su carácter de Intendente Municipal, con domicilio legal en calle …………………de la ciudad de ……………………, se conviene celebrar el presente CONVENIO DE CANON, según constancias obrantes en expediente ……., el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: A los fines del funcionamiento de la Delegación de IOMA en la localidad de ……., la municipalidad cede en uso un espacio físico de aproximadamente …. m2, del inmueble sito en la calle …… N° …… de la localidad de ……., partido de ………., designado catastralmente como Circunscripción …; Sección: …; Manzana: …..; Parcela: …., Partida: ……. SEGUNDA: La unidad funcional cedida será utilizada exclusivamente como oficina pública provincial de EL IOMA, no pudiendo darle otro destino y/o afectación que el indicado en la presente cláusula. TERCERA: El IOMA se compromete a abonar en forma mensual la suma de PESOS ………. ($........) en razón del uso del inmueble citado en la cláusula primera, locado por la propia comuna a su propietario. CUARTA: El IOMA se compromete a abonar los gastos por los servicios de agua, luz, gas, telefonía y mantenimiento en proporción a la superficie ocupada. QUINTA: El presente convenio tendrá una duración de doce (12) meses, contados a partir del día 1 de enero de 2025, renovable automáticamente por un período igual, salvo denuncia de cualquiera de las partes, previa notificación fehaciente con una

1

antelación no inferior a sesenta (60) días. SEXTA: LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar las previsiones normativas implicadas en el funcionamiento de las Delegaciones, comprometiéndose a realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento estricto de aquellas. SEPTIMA: Para todos los efectos legales derivados del presente convenio, las partes se someten a la Competencia de los Tribunales Contenciosos Administrativos del Departamento Judicial de La Plata, fijando los domicilios en los denunciados ut supra. EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SE FIRMAN DOS (2) EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN SOLO EFECTO, EN LA CIUDAD DE LA PLATA, A LOS ….. DÍAS DEL MES DE DEL AÑO 202… Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. --------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A ONCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2024. FIRMADO

2

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.