Ordenanza Nº 2998/2024
Oficializando bandera del partido de bolivar
E | MUNICIPALIDAD
| HONORABLE CONCEJO ) bs C D | DELIBERANTE BOLÍVAR labia
Al Departamento Ejecutivo
Bolívar, 15 de agosto de 2024
REF. EXP. N* 8770/24-25
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA N? 2998/2024 =
Artículo 1%: Declárase Bandera Oficial del Partido de Bolívar el diseño ganador seleccionado por el Jurado de Evaluación, en el marco del Concurso “Una Bandera para Bolívar” dispuesto por la Ordenanza N* 2648/20 y que como Anexo | forma parte integrante de la presente.
Artículo 2%: Aprobar las Especificaciones Técnicas y de Diseño que como Anexos ll y lll forman parte de esta Ordenanza, las cuales deberán ser observadas en forma obligatoria en la confección de la “Bandera Oficial de Ceremonia” y de la “Bandera Oficial de Izar”.
Artículo 3: La Bandera Oficial del Partido de Bolívar, tendrá idénticas características de tamaño y materiales que la Bandera Nacional Argentina y la Bandera de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 4%: La bandera instituida constituye un símbolo oficial del Partido de Bolívar, debiendo preverse su uso y emplazamiento en edificios y dependencias de la Municipalidad.
Los titulares del Departamento Ejecutivo y del Departamento Deliberativo, en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas necesarias para su cumplimiento. Artículo 5%: El uso de la bandera instituida, será obligatorio en todo acto oficial, siempre acompañando a la Bandera Nacional Argentina y la Bandera de la Provincia de Buenos aires, en el lugar de precedencia que por normas de protocolo corresponda.
Artículo 6%: La Bandera Oficial no participará de ningún acto o ceremonia que no estuviera precedida por la Bandera Nacional Argentina y la Bandera de la Provincia de Buenos Aires ni en los actos del día de la Bandera Nacional o en aquellos en que se tome promesa de lealtad a la Bandera Nacional Argentina.
Artículo 7”: La Bandera Oficial se izará siempre después de la Bandera Nacional y de la Bandera de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, se arriará en forma previa a la Bandera Provincial y Nacional Argentina.
Artículo 8%: En el tratamiento a la Bandera Nacional Argentina y a la Bandera de la Provincia de Buenos Aires, tanto en actos oficiales como privados y en relación a la Ubicación y tratamiento de la Bandera Oficial del Partido de Bolívar, se aplicarán las normas protocolares establecidas en la Ley 14.438.
El Departamento Ejecutivo reglamentará, en concordancia con la normativa nacional y provincial vigente, en el plazo de ciento veinte (120) días, las normas protocolares particulares para uso de la Bandera Oficial del Partido de Bolívar.
La portación de la Bandera Oficial del Partido de Bolívar por parte de alumnos/as de establecimientos educativos, estará a cargo del educando que reúna las calidades que al efecto determine el Departamento Ejecutivo, previa consulta a la Jefatura Distrital de Educación.
Cuando la bandera pertenezca a organismos oficiales, el titular de cada jurisdicción, repartición u organismo, designará al Agente que por su comportamiento, contracción al trabajo o actos que lo distingan, represente al Organismo en calidad de abanderado.
Z kz | MUNICIPALIDAD y DE BOLIVAR
e C D | HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE BOLÍVAR
Artículo 9%: Disponer el emplazamiento de dos (2) mástiles a erigirse al pie del Monumento al Libertador “Gral. José de San Martín”, en los cuales se izarán la Bandera-de la Provincia de Buenos Aires y la Bandera Oficial del Partido de Bolívar. Artículo 10%: Disponer el emplazamiento de un (1) mástil a erigirse en cada una de las localidades del Partido de Bolívar, en el cual se izará la Bandera Oficial.
Artículo 11%: La presentación, bendición y promesa de lealtad a la Bandera Oficial, se realizará en un encuentro que será convocado por el Departamento Ejecutivo, en el presente año.
Artículo 12: El Intendente Municipal, Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejales, Presidente del Consejo Escolar, Consejeros Escolares, Juez de Faltas, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo, formularán promesa de lealtad a la Bandera Oficial del Partido de Bolívar.
Artículo 13%: Autorízase al Departamento Ejecutivo a determinar un reconocimiento especial para el Arq. Mauro Peret y el Sr. Carlos Ignacio Sousa, creadores del diseño ganador seleccionado en el marco del Concurso “Una Bandera para Bolívar”, el cual deberá ser entregado en oportunidad prevista en el artículo 11.
Artículo 14%: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para disponer la confección de un ejemplar de cortesía de la “Bandera Oficial de Ceremonia”, con arreglo a las Especificaciones Técnicas y de Diseño, establecidas en el artículo 2%, compuesta por: Bandera (confeccionada en tela gross, paño doble, de 1,40 de ancho x 0,90 cm de alto), Moño y Corbata confeccionado en el mismo material (doble paño de gros con flecos dorados), Tahalí (debe reproducir el diseño de la bandera, de diez centímetros de ancho), Cuja: con los mismos colores y Asta de madera lustrada divisible en dos tramos con Moharra y Regatón, para ser entregado a: cada establecimiento educativo de gestión pública y privada del Partido de Bolívar (ajustada en tamaño para Jardines de Infantes), Policía (a cada una de sus divisiones) y Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
Artículo 15%: Autorízase al Departamento Ejecutivo y al Departamento Deliberativo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para disponer la confección de un ejemplar de la “Bandera Oficial de Ceremonia”, con arreglo a las Especificaciones Técnicas y de Diseño, establecidas en el artículo 2% compuesta por: Bandera (confeccionada en tela gross, paño doble, de 1,40 de ancho x 0,90 cm de alto), Moño y Corbata confeccionado en el mismo material (doble paño de gros con flecos dorados), Asta de madera lustrada divisible en dos tramos con Moharra y Regatón y Base de madera torneada y lustrada con caño cromado para sostén del asta, para ser colocada en los despachos y oficinas del señor Intendente Municipal, Secretarios y Directores, Juzgado de Faltas, Recinto de Sesiones, Presidencia y Bloques Políticos del Honorable Concejo Deliberante, Consejo Escolar, Delegaciones de Localidades, Juzgado de Paz y Fiscalía Descentralizada.
Artículo 16%: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para disponer la confección de un ejemplar de cortesía de la “Bandera Oficial de Izar”, con arreglo a las Especificaciones Técnicas y de Diseño, establecidas en el artículo 2%, compuesta por: Bandera (confeccionada en tela poliéster 100% de 70 grms x m? de 1,40 de ancho x 0,90 cm de alto), para ser entregada a: instituciones civiles del Partido de Bolívar, demás organismos gubernamentales y personas huéspedes o visitantes de nuestra ciudad.
Artículo 17%: Comuníquese la presente Ordenanza al Ministerio de Gobierno y a la Dirección General de Cultura y Educación.
Artículo 18%: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. -—————-——_————- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2024.
ANEXO |
CONCURSO: UNA BANDERA PARA BOLÍVAR
LAMINA 01: IMAGEN PROPUESTA . SEUDONIMO: XILOFON
CONCURSO: UNA BANDERA PARA BOLÍVA!
MEMORIA DESCRIPTIVA
01 - SIMBOLOGÍA
Tomamos como dato simbólico para la representación de la bandera una palmera, (marco natural de la ciudad cabecera), como imagen principal.
Esta representa la ciudad cabecera rodeada de 9 palmeras mas pequeñas que representan las localidades que completan el partido de Bolivar.
02 - SÍMBOLO CENTRAL
El símbolo central, es una palmera de 10 puntas, que hace alegoría a las 10 ciudades que conforman el partido, definiendo en su centro la ciudad cabecera representada por el sol como epónimo de centralidad y fertilidad.
03 - LOS COLORES
Una linea de color amarillo que simboliza la riqueza de la producción, divide a la bandera en dos partes. El color azul representa los arroyos y lagunas que bañan el partido y el cielo que la cubre, el color verde representa la llanura y fecundidad de los campos del partido, donde históricamente se desarrollaron la agricultura y la ganadería.
La inclinación de la línea amarilla, simboliza la ubicación del partido de Bolivar en la provincia de BuenosAlres.
LAIDEA: Es concebir una bandera que fepres
LAMINA 02: FUNDAMENTACION
nte a
ANEXO ll
INFOGRAFÍA
IMÁGENES DE REFERENCIA
LocALILADES
da la población del partido de Bolívar, que en ella se
Jan reflejadas es
una de las localidades que conforman la totalidad del mismo.
SEUDONIMO: XILOFON
ANEXO lll
GAMA CROMATICA
PALETA DE COLORES PREDETERMINADOS
EN PANTONE 2393 € E] PANTONE P 7-8 C En PANTONE 3425 € al C:95 M:30 Y:100 K:21 En R:0 G:102 B:71
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.