Ordenanza Nº 2861/2022
Modificando articulo 41º de la ordenanza 2859/22 ordenanza fiscal 2023
H. Concejo Deliberante Bolívar Las Malvinas son Argentinas
Bolívar, 13 de diciembre de 2022 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 8452/22 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2861/2022 = ARTÍCULO 1º: Modifícase el Artículo 41º de la Ordenanza Nº 2859/20225 Ordenanza Fiscal para el ejercicio 2023 quedando así redactado: “ARTICULO 41º): El pago de las tasas, derechos y demás contribuciones establecidas en esta Ordenanza, deberá ser efectuado por los contribuyentes o responsables dentro de los plazos que establezca la presente Ordenanza Fiscal y la Ordenanza Impositiva Anual, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para modificar los r e f e r i d o s p l a z o s por decreto cuando lo considere oportuno. Si la fecha fijada como vencimiento resultare día inhábil, se considerará ampliado el plazo hasta el día siguiente hábil. El pago de las obligaciones posteriores no supone el pago y liberación de las anteriores, aun cuando ninguna salvedad se hiciere en los recibos. Cuando las tasas, derechos y contribuciones resulten de incorporaciones o modificaciones de padrones efectuados con posterioridad al vencimiento del plazo fijado o determinaciones de oficio practicadas por la Municipalidad, el pago deberá efectuarse dentro de los quince (15) días corridos de la notificación, sin perjuicio de la aplicación de actualización, recargos y/o multas que correspondan.- En caso de tasas, derechos o contribuciones que no exijan establecer un plazo general para el vencimiento de la obligación, el pago deberá efectuarse dentro de los quince (15) días corridos de verificado el hecho que sea causa del gravamen. Facúltese al Departamento Ejecutivo a establecer una tasa de financiación para la venta de bienes propiedad del municipio.” ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2022.
FIRMADO
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.