Ordenanza Nº 2828/2022
Modificando ordenanza 2528/2018 creacion de banca abierta
H. Concejo Deliberante Bolívar Las Malvinas son Argentinas
Bolívar, 20 de septiembre de 2022 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 8222/22 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2828/2022 = ARTÍCULO 1º: La interpretación del artículo 5° de la Ordenanza N° 2528/2018 es la siguiente: Toda solicitud de Banca Abierta presentada en la Secretaría Administrativa del H. Concejo Deliberante, llevará número de expediente y se le dará entrada como “Nota Ingresada”, en la próxima Sesión Ordinaria que correspondiera. Luego, será girada a la Comisión de Reglamento para su análisis y eventual autorización. No se admitirá en forma alguna, un ingreso directo a las comisiones sin el paso previo por una Sesión. ARTICULO 2°: La comisión de Reglamento tiene un plazo de sesenta (60) días para definir si autoriza o no el pedido. El rechazo debe ser fundado y notificado por escrito al peticionante ARTICULO 3°: Cuando el H. Cuerpo se encuentre realizando Sesiones de carácter virtual, como establece el artículo 2° del Reglamento del mismo, la participación de la ciudadanía en la Banca Abierta tendrá el mismo formato. A tal efecto se entregará oportunamente al o la peticionante, el link correspondiente para la conexión y participación, previo al inicio de la Sesión. ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DIECINUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2022.
FIRMADO
1
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.