Ordenanza Nº 2765/2021

Convenio universidad nacional de quilmes

Ordenanzas · 30 de noviembre de 2021 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar

Bolívar, 1 de Diciembre de 2021 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 8094/21 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2765/2021= ARTÍCULO 1º: Convalídese el Convenio Específico suscripto entre la Municipalidad de Bolívar y la Universidad Nacional de Quilmes el cual tiene por objeto la implementación de las actividades académicas correspondientes a la Tecnicatura Universitaria en Biotecnología, comprendiendo el dictado de cursos teóricos y/o prácticos y las evaluaciones que la Facultad establezca, que expresa: ----------------------- CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES MUNICIPALIDAD DE BOLÍVAR Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES con domicilio en la calle Roque Sáenz Peña 352 de la ciudad de Bernal, provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Dr. ALEJANDRO VILLAR, DNI Nº 13.925.003 y su Vicerrector, Mg. Alfredo Alfonso, DNI Nº 18.277.263 ,en adelante denominada “LA UNIVERSIDAD”; y la MUNICIPALIDAD DE BOLÍVAR , con domicilio en la calle Av. Belgrano 11 de la Ciudad de Bolívar , Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Intendente Municipal, MARCOS EMILIO PISANO, DNI Nº 26.643.164, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” se celebra el presente convenio, el cual se regirá de acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERA: Las entidades firmantes manifiestan su voluntad de promover la educación universitaria para el mejoramiento del desarrollo económico, social, cultural y educativo de la región y consideran necesario actuar mancomunadamente para el logro de dichos fines. Por ello, se comprometen, dentro de sus posibilidades, a realizar acciones y actividades de colaboración y complementación recíproca, tal lo acordado en su oportunidad en el Convenio Marco suscripto entre las partes. SEGUNDA: El objetivo principal del presente acuerdo es apoyar el dictado de Tecnicatura Universitaria en Biotecnología, comprendida dentro de la oferta académica de pregrado de LA UNIVERSIDAD TERCERA: Las partes acuerdan que la Coordinación Académica de las actividades a desarrollarse en LA MUNICIPALIDAD es exclusiva responsabilidad de LA UNIVERSIDAD. Para dicho fin, LA UNIVERSIDAD designará a un Coordinador Académico para dichas funciones. LA MUNICIPALIDAD designará, a su exclusivo costo, a una persona que desempeñará la función de Coordinador Técnico, quien será el encargado de la logística prevista para las actividades presenciales vinculadas a este convenio y desarrollará toda la tarea administrativa que el Coordinador Académico le requiera. CUARTA: LA UNIVERSIDAD dispondrá de personal administrativo para llevar adelante las cuestiones económico – financieras referidas a matriculación y cuotas mensuales. LA MUNICIPALIDAD por su parte, designará a su personal idóneo para interactuar con el de LA UNIVERSIDAD y llevar adelante estos aspectos específicos. QUINTA: LA UNIVERSIDAD se compromete a:

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a) Aportar, de su propio plantel, los docentes necesarios para desarrollar las actividades educativas complementarias a las obligatorias en las respectivas currículas. b) Abonar los salarios correspondientes a los docentes que designe. c) Abonar el salario correspondiente al Coordinador Académico designado en la cláusula tercera. d) Abonar LA MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR un adicional correspondiente al Coordinador Administrativo del Departamento de Alumnos del CRUB para llevar adelante todos aspectos específicos. SEXTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a financiar: a) el pago de las horas adicionales de servicios docentes relacionadas a actividades que se acuerden en el marco del presente convenio. LA MUNICIPALIDAD realizará desembolsos referidos al mes inmediato vencido el quinto día hábil cada mes. b) los gastos correspondientes al pago de viáticos y pasajes de docentes y conferencistas, de acuerdo a la cantidad de actividades presenciales que se realicen y que hayan sido convenidas previamente en cada caso. c) toda otra actividad, o costo que se produzca con motivo del presente convenio, previo acuerdo expreso en tal sentido. SEPTIMA: Mensualmente la UNQ emitirá una factura por la extensión del servicio educativo, académico y administrativo al lugar de cumplimiento fijado en el presente, que incluirá los honorarios de docentes, Coordinación, Planificación, Diseño y Administración; según cronograma que se adjunta al presente como ANEXO I, y que es parte integrante del presente. Dichas erogaciones se actualizarán anualmente por el índice de inflación y los honorarios docentes por el acuerdo paritario correspondiente. OCTAVA: Las partes signatarias se comprometen a resolver directamente entre ellas, por las instancias jerárquicas que corresponda, los desacuerdos, diferencias y falta de entendimiento que pudieran surgir en la planificación o ejecución de los trabajos comunes, en caso contrario se someten a los Tribunales Federales de Quilmes. NOVENA: A todos los efectos de este convenio las partes constituyen domicilio legal en los indicados ut supra; donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que pudieran corresponder. En prueba de conformidad, en la ciudad de Bernal, se firman 2 (dos) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto a los 22 días del mes de Septiembre de 2021.- ANEXO I PRESUPUESTO AÑO 2021/2022 MUNICIPALIDAD DE BOLÍVAR TECNICATURA UNIVERSITARIA EN BIOTECNOLOGÍA UNQ CANTIDAD DE MESES DE CLASES AL AÑO: 10 DURACION: 3 Años PRESUPUESTO PRIMER AÑO – PRIMER CUATRIMESTRE HONORARIOS Mensual Semestral

DOCENTES 127000.00 635000.00

ADMINISTRATIVO 27000.00 135000.00

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COORDINACION 43000.00 215000.00

VIATICOS 4500.00 22500.00

TOTAL SEGUNDO AÑO 201500.00 1007500.00

PRESUPUESTO TOTAL 1007500.00 CRONOGRAMA DE PAGOS

PRIMER AÑO PRIMER CUATRIMESTRE 2021 CONCEPTO Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre TOTAL

DOCENTES 127000.00 127000.00 127000.00 127000.00 127000.00 635000.00

ADMINISTRATIVO 27000.00 27000.00 27000.00 27000.00 27000.00 135000.00

COORDINACION 43000.00 43000.00 43000.00 43000.00 43000.00 215000.00

VIATICOS 4500.00 4500.00 4500.00 4500.00 4500.00 22500.00

201500.00 201500.00 201500.00 201500.00 201500.00 1007500.00 ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ---------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2021. FIRMADO

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.