Ordenanza Nº 2698/2020

Incorporando la perspectiva de género al presupuesto municipal

Ordenanzas · 18 de diciembre de 2020 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar 2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO

Bolívar, 21 de Diciembre de 2020 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 7943/20 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2698/2020= ARTÍCULO 1º: Incorpórese la perspectiva de género en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Bolívar.

ARTÍCULO 2º: Es objetivo de la presente Ordenanza la estructuración de los gastos y los recursos de manera tal de lograr la igualdad y equidad sustantiva entre el hombre y la mujer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género y asegurar, por consiguiente, el real acceso a la justicia, garantizar el acceso de las mujeres al trabajo remunerado, de calidad y el acceso a recursos productivos, garantizar entornos seguros y amigables para las mujeres y garantizar políticas de género en los tres poderes del Estado.

ARTÍCULO 3º: A los fines de la presente Ordenanza, se entenderá por género lo establecido en la Ley Nacional Nº 26.743.

ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo, sus Secretarías, los Organismos Descentralizados, las Instituciones de Seguridad Social, las empresas y sociedades del Estado Municipal, así como el Honorable Concejo Deliberante de Bolívar deberán:

Orientar y promover la integración de la igualdad de género en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

Diseñar, ejecutar y consolidar mecanismos de coordinación institucional en materia de género.

Promover la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos para la igualdad de género.

2020 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES” 1

H. Concejo Deliberante Bolívar 2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO

ARTÍCULO 5º: Serán funciones de la autoridad de aplicación:

Garantizar las herramientas para el análisis del presupuesto que incluya la perspectiva de género, entre las cuales deberán considerarse las siguientes pautas:

Elaboración de informes que midan el impacto de las políticas públicas destinadas a la igualdad de género

Evaluación sobre el impacto del presupuesto en su conjunto respecto a la igualdad de género.

Coordinar las acciones necesarias para garantizar la ejecución de los programas y/o políticas públicas orientadas a la igualdad de género.

Crear un índice de evolución en la igualdad de género, teniendo en cuenta los objetivos de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 6º: El presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Bolívar deberá cumplir con los estándares de transparencia y acceso a la información pública.

ARTÍCULO 7º: Fíjese como Autoridad de Aplicación de la presente a la Secretaría de Hacienda o la que en el futuro lo reemplace.

ARTÍCULO 13º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2020. FIRMADO

2020 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES” 2

H. Concejo Deliberante Bolívar 2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO

2020 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES” 3

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.