Ordenanza Nº 2698/2020
Incorporando la perspectiva de género al presupuesto municipal
H. Concejo Deliberante Bolívar 2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
Bolívar, 21 de Diciembre de 2020 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 7943/20 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 2698/2020= ARTÍCULO 1º: Incorpórese la perspectiva de género en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Bolívar.
ARTÍCULO 2º: Es objetivo de la presente Ordenanza la estructuración de los gastos y los recursos de manera tal de lograr la igualdad y equidad sustantiva entre el hombre y la mujer, prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género y asegurar, por consiguiente, el real acceso a la justicia, garantizar el acceso de las mujeres al trabajo remunerado, de calidad y el acceso a recursos productivos, garantizar entornos seguros y amigables para las mujeres y garantizar políticas de género en los tres poderes del Estado.
ARTÍCULO 3º: A los fines de la presente Ordenanza, se entenderá por género lo establecido en la Ley Nacional Nº 26.743.
ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo, sus Secretarías, los Organismos Descentralizados, las Instituciones de Seguridad Social, las empresas y sociedades del Estado Municipal, así como el Honorable Concejo Deliberante de Bolívar deberán:
Orientar y promover la integración de la igualdad de género en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas.
Diseñar, ejecutar y consolidar mecanismos de coordinación institucional en materia de género.
Promover la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos para la igualdad de género.
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ARTÍCULO 5º: Serán funciones de la autoridad de aplicación:
Garantizar las herramientas para el análisis del presupuesto que incluya la perspectiva de género, entre las cuales deberán considerarse las siguientes pautas:
Elaboración de informes que midan el impacto de las políticas públicas destinadas a la igualdad de género
Evaluación sobre el impacto del presupuesto en su conjunto respecto a la igualdad de género.
Coordinar las acciones necesarias para garantizar la ejecución de los programas y/o políticas públicas orientadas a la igualdad de género.
Crear un índice de evolución en la igualdad de género, teniendo en cuenta los objetivos de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 6º: El presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Bolívar deberá cumplir con los estándares de transparencia y acceso a la información pública.
ARTÍCULO 7º: Fíjese como Autoridad de Aplicación de la presente a la Secretaría de Hacienda o la que en el futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 13º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2020. FIRMADO
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.