Ordenanza Nº 2628/2020
Contrato de comodato con el comando de prevención rural
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 8 de Mayo de 2020 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 7673/20 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº2628/2020= ARTÍCULO 1º:Convalídese el Contrato de Comodato suscripto entre la Municipalidad de Bolívar y el Comando de Prevención Rural de Bolívar, a través del cual el Municipio cede en comodato un sector del inmueble-rural ubicado en el Partido de Bolívar, Provincia de Buenos Aires, designado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCIÓN: XII, PARCELA: 1467, PARTIDA: 011-14941, el cual será destinado para el funcionamiento del Comando de Prevención Rural (C.P.R.) dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, que expresa: --------------------------------------------------------------------------------------------------------- CONTRATO DE COMODATO En la Ciudad de Bolívar, Provincia de Buenos Aires, a los 1días del mes de Diciembre de 2019, entre LA MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR, con domicilio en Avda. Belgrano N° 11 de la Ciudad de Bolívar, representada en este acto por la Señora Intendente M unicipal Interina, Ana María NATIELLO, D.N.I. 10.597.037, en adelante la COM ODANTE, por una parte y por la otra, el Titular del Comando de Prevención Rural de Bolívar, Comisario Carlos Daniel DUPUY, con domicilio en Ruta Provincial 65 km 262, en adelante EL COMODATARIO, se conviene celebrar el presente CONTRATO DE COM ODATO, sujeto a las cláusulas y condiciones: Cláusula Primera; Objeto. LA COM ODANTE de conformidad a lo estipulado en la cláusula Quinta del Contrato de Comodato celebrado el día 01 de Diciembre de 2019 entre la M unicipalidad de Bolívar y la titular del inmueble la Sra. Graciela Altamirano, cede en comodato a LA COM ODATARIA, un sector del inmueble rural ubicado en el 2 Partido de Bolívar, Provincia de Buenos Aires, con una superficie de 46.660 m según plano adjunto, designado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCIÓN: XII, PARCELA: 1467, PARTIDA: 011-14941.---------- Cláusula S egundas Finalidad. LA COM ODATARIA destinará el sector del inmueble que recibe en comodato, para el funcionamiento del Comando de Prevención Rural (CP.R.) dependiente del M inisterio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.Queda prohibido modificar el destino fijado sin la autorización previa de LA COM ODANTE.-------- Cláusula Tercera: Plazo. La vigencia del presente contrato se extiende desde el 1 de Diciembre de 2019 al 30 de Noviembre del 2023 y se considerará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de igual plazo, excepto que cualquiera de las partes comunique en forma fehaciente y con una antelación no menor de sesenta (60) días su finalización, debiendo LA COM ODATARIA restituir el inmueble cedido en buen estado de conservación.— Cláusula Cuartas S ervicios, Tasas e Impuestos. EL COMODATARIO solo se hará cargo del pago de servicios (luz, gas, agua, teléfono, y cualquier otro de tipo medido que se establezca), en tanto estos sean medidos excluyendo de esta manera el pago de impuestos, tasas y/o contribuciones que de cualquier manera graven al mismo.---------------- Cláusula Quinta: Carteles. La COM ODATARIA podrá colocar en el frente del inmueble, carteles y/o letreros identificatorios de la dependencia gubernamental detallada en la Cláusula Segunda.------------------- Cláusula S exta: Entrega, Conservación y Restitución del Inmueble. El inmueble se entrega en el estado visto y que se encuentra. La COM ODATARIA se obliga a mantener y a restituir a la expiración del presente contrato el inmueble en buen estado y mantenimiento general.—--------------------------------- Cláusula S éptimas Reformas. LA COM ODATARIA, no podrá Introducir mejoras, ni modificaciones de ninguna naturaleza, sin el previo consentimiento de LA COM ODANTE.----------------------------------------------- Cláusula Octavas Estado ocupacional del inmueble. Se hace constar que se entrega el inmueble libre de ocupantes.- Cláusula Novena; Rescisión. Las PARTES se reservan la facultad de rescindir el presente contrato cuando así lo
H. Concejo Deliberante Bolívar crean oportuno y conveniente, notificando a la otra parte con una antelación no inferior a ciento veinte (120) días. —-------- Cláusula Décimas Inspección. LA COM ODANTE y/o quien ésta autorizare se reserva el derecho a examinar periódicamente el Inmueble cedido.---------------- Cláusula Décima Primera; Responsabilidad. LA COM ODANTE no asume ningún tipo de responsabilidad frente a terceros, como asimismo LA COM ODATARIA no responde por los daños causados en el inmueble por vicios o defectos ocultos que presentare, como así tampoco por los daños derivados de caso fortuito o fuerza mayor.------------ Cláusula Décima S egunda: Régimen Normativo. Para todas aquellas cuestiones no previstas en el presente contrato se aplicarán las disposiciones pertinentes del Código Civil y Comercial de la Nación.............................- Cláusula Décima Terceras Rescisión Cualquier transgresión o incumplimiento de las condiciones establecidas en este instrumento, o abuso del derecho asignado por parte de LA COM ODATARIA # determinará la automática caducidad del presente contrato.-------.......—-----------------—— Cláusula Décima Cuarta; Para todos los efectos legales y/o judiciales inherentes al cumplimiento del presente contrato, las PARTES contratantes se someten a la jurisdicción dejos tribunales ordinarios del Departamento Judicial Azul, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderás por cualquier concepto. Asimismo las partes constituyen como domicilios legales los ya denunciados con reales, donde serán válidas todas las comunicaciones judiciales y/o extrajudíciales que se efectúen.-------------------------------------------------------- En prueba de conformidad, se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efectos, en el lugar y fecha indicados al comienzo del presente.-------------- ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2020. FIRMADO
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.