Ordenanza Nº 2289/2014
Eximicion a las rifas y/o campañas de las cooperadoras del hospital y bomberos
H. Concejo Deliberante Bolívar
Bolívar, 24 de junio de 2014 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 6819/14 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 2289/2014 =
ARTÍCULO 1º: Exímese del porcentual del cinco por ciento (5%) que corresponde al
Consejo Escolar de Bolívar, a las rifas y/o campañas de Socios Protectores de las
Cooperadoras de los Hospitales Municipales del Partido de Bolívar, en virtud de la
loable labor comunitaria que realizan.
ARTICULO 2º: El beneficio a que hace referencia el Artículo 1º es otorgado para el
Ejercicio 2014.
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, A VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2014. FIRMADO:
JUAN EMILIO COLATO FRANCISCO SIRO FLORES SECRETARIO HCD PRESIDENTE HCD ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.