Ordenanza Nº 2238/2013

Convenio ministerio de trabajo bonaerense

Ordenanzas · 1 de julio de 2013 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 2 de Julio de 2013 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF. EXP.Nº 6659/12 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE

= ORDENANZA Nº 2238/2013 = ARTICULO 1º: Convalídase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Bolívar y el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, el pasado 12 de junio de 2012, que expresa: ---------------------------------------------------------------------------------- CONVENIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES LABORALES EN EL ÁMBITO PÚBLICO MUNICIPAL ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL MUNICIPIO DE BOLÍVAR Entre el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por el Ministro de Trabajo, Doctor Oscar Antonio CUARTANGO, en adelante "EL MINISTERIO", con domicilio en Calle 7 N° 370 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Bolívar, representado en este acto por el Señor Intendente Municipal, Doctor Eduardo Lujan BUCCA, en adelante "EL MUNICIPIO", con domicilio en Av. Belgrano 11, de la ciudad de Bolívar, en conjunto denominadas "LAS PARTES", acuerdan celebrar el presente convenio de adhesión: PRIMERA: "LAS PARTES" deciden emprender acciones conjuntas con el fin de implementar el "Programa de Igualdad de Oportunidades Laborales en el Ámbito Público Municipal" (Decreto Provincial N° 3379/08, Anexo XI) destinado a fortalecer y acompañar los procedimientos iniciados por "EL MUNICIPIO" tendientes a incorporar trabajadores con discapacidad en su planta de personal permanente, dentro del marco de las Leyes Provinciales N° 10.592 y N° 11.757 y sus modificatorias. SEGUNDA: "EL MUNICIPIO" se compromete, a: a) Adjuntar copia autenticada de la designación de los destinatarios incluidos en la propuesta aprobada del punto 5 del Anexo XI. b) Abonar a los destinatarios el salario correspondiente a las categorías ocupacionales para la que fueron designados. c)- Cumplir con las obligaciones legales que surgen de las Leyes Provinciales N° 10.592 y N° 11.757 y sus modificatorias. TERCERA: "EL MINISTERIO" se compromete a través del "Programa de Igualdad de Oportunidades Laborales en el Ámbito Público Municipal", a: a) Asignar a cada destinatario el monto de $ (1.150), en concepto de colaboración económica por el plazo de (13) meses, la cual integrará el salario en el punto 3 del Anexo XI del Decreto N° 3379/08, durante el plazo establecido precedentemente. b) Gestionar, ante el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la apertura de las cuentas a nombre de cada uno de los destinatarios, que permitan la acreditación de los montos correspondientes.

H. Concejo Deliberante Bolívar CUARTA: "LAS PARTES" se comprometen a comunicar al Sindicato/s correspondiente/s la puesta en marcha y ejecución del presente acuerdo. QUINTA: "EL MUNICIPIO", en el presente acto, se notifica de las sanciones que pudieran corresponder por el incumplimiento en el desarrollo del Programa, establecidas en el punto 9 del Anexo XI del Decreto N° 3379/08, ello sin perjuicio de las acciones judiciales que sus acciones dieran lugar. LAS PARTES se someten a la Jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial La Plata, con prescindencia de cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, y constituyen los domicilios mencionados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen. En prueba de conformidad, y previa lectura, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Bolívar, a los 12 días del mes de junio del año 2012. ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A UN DIA DEL MES DE JULIO DE 2013. FIRMADO:

H. Concejo Deliberante Bolívar

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.