Ordenanza Nº 2170/2011

Pliego licitacion linea de colectivos

Ordenanzas · 31 de agosto de 2011 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 1 de Setiembre de 2011

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 6439/11 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE

= ORDENANZA Nº 2170/2011 = ARTICULO 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación del Servicio Público de Transporte Colectivo de pasajeros para la Ciudad de Bolívar que expresa: --------------------------------------------------------------------------------------------------- CLAUSULAS GENERALES CAPITULO I ASPECTOS GENERALES ARTICULO 1°: ALCANCES DEL PRESENTE PLIEGO - REGIMEN LEGAL Y NORMAS SUPLETORIAS: La presente licitación se regirá por las siguientes normas: 1).- Las Cláusulas Generales y Particulares del presente Pliego y las circulares que eventualmente emita el Departamento Ejecutivo. 2).- La Ley Orgánica de los Municipios y sus modificatorias. 3).- La Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros y sus modificatorias 4).- La Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires 5).- El Reglamento de Contabilidad para los Municipios y las disposiciones del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. 6).- La Ordenanza General Nº 267 de Procedimientos Administrativos. 7).- En Forma Supletoria: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 2°: TERMINOLOGIA: La terminología utilizada en el presente Pliego posee el siguiente significado: EL LICITANTE: Persona Jurídica del derecho público o privado que convoca al llamado a licitación para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros de jurisdicción municipal. En este Caso la Municipalidad de Bolivar. LICITACION/LLAMADO: La subasta organizada por el LICITANTE con el objeto de obtener propuestas para la ejecución de un servicio. SERVICIO: Es el conjunto de prestaciones destinadas a satisfacer la necesidad de la Población.- En este caso Servicio Publico de Transporte de Pasajeros. LINEAS: Trazas definidas por el LICITANTE para cubrir un servicio. TRAZAS: Es el recorrido o itinerario asignado a esa LINEA por la LICITANTE. FRECUENCIAS: Cantidad de veces que en forma diaria debe cumplir con el recorrido. HORARIOS: Intervalos de Tiempo en que debe realizarse el recorrido. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES (P.C.G.): Contiene las normas de carácter general que deben cumplir los llamados a licitación y las contrataciones que efectúen los prestatarios del Servicio. PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (P.C.P.): Pliego que integra la documentación de licitación y especifica las condiciones a que se ajusta esa licitación en particular (fecha y hora de apertura, objeto del llamado, etc.) PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS (P.E.T.): Pliego que integra la documentación de licitación para especificar los aspectos técnicos establecidos por el Comitente para el objeto en particular que se licita. OFERENTE/PROPONENTE: Empresa, Cooperativa, Unión Transitoria de Empresas, etc., que ha presentado su oferta a la Licitación. OFERTA/PROPUESTA: Totalidad de la documentación que presenta el OFERENTE a la Licitación. COMISION DE PREADJUDICACION: Grupo de profesionales del área convocados para actuar en la preselección y en la precalificación, designados por la autoridad municipal. PREADJUDICACION: Documentación mediante la cual Comisión de Preadjudicación pone en conocimiento al Licitante, del informe sobre análisis y comparación de ofertas, y hace su recomendación sobre a cual de ellas adjudicar el contrato.

H. Concejo Deliberante Bolívar ADJUDICATARIO: Empresa OFERENTE que ha recibido la adjudicación del servicio, pero que aun no ha formalizado este. CONVENIO: Acuerdo formal que rige las relaciones, derechos y obligaciones entre el Comitente y el Adjudicatario. PRESTATARIA: Empresa, cooperativa, unión transitoria de empresas, etc., que brinda un servicio, sin poseer concesión o tenerla vencida por expiración del plazo oportunamente otorgado. PERMISIONARIA: Empresa, cooperativa, unión transitoria de empresas, etc., que a formalizado el Convenio, y se encuentra obligada a la ejecución del servicio, en los términos del mismo. INSPECCION: Representante del Licitante que verifica la correcta prestación del servicio convenido con la Permisionaria y ante quien debe dirigirse éste por cualquier tramitación relacionada con el Servicio. CAPITULO II BASES PARA LA LICITACION ARTICULO 3° : PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas se presentarán en el lugar que se establezcan en las Cláusulas Particulares y que se publicará, según lo determina la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y sus reglamentaciones. Se presentarán en sobre cerrado, por triplicado, y se admitirán hasta el día y la hora establecida. Serán entregadas personalmente exigiendo la constancia correspondiente. En el sobre deberá consignarse claramente: a) Nombre de la Repartición; b) Número de la Licitación; c) Servicio que se licita. d) Fecha y Hora de apertura. Los sobres deberán estar cerrados, sin sellos, membretes o detalles que posibiliten su identificación como pertenecientes a determinado OFERENTE. Las propuestas serán escritas en idioma castellano, a máquina y/o computadora, sin enmiendas, raspaduras, entrelíneas o errores que no hayan sido debidamente salvados; en todos los casos, las fojas correlativamente enumeradas a partir del guarismo uno (1) y rubricadas por el OFERENTE y/o su representante. ARTICULO 4° : RECEPCION Y APERTURA DE LAS OFERTAS: Las ofertas que hayan sido presentadas hasta la fecha y hora establecidas en las Cláusulas Particulares, serán abiertas y leídas en Acto Público, en el lugar, día y hora fijados en el aviso de Licitación, y ante los funcionarios competentes y los interesados que concurran. Si el día señalado para la apertura de las propuestas fuera declarado feriado, el acto se realizará a la misma hora del primer día hábil subsiguiente. Una vez iniciado el acto de apertura de las ofertas, no se admitirán presentaciones o pedidos de aclaración que interrumpan dicho acto. Se deja expresamente indicado que no se admitirán impugnaciones al acto y/o a las ofertas durante el desarrollo de dicho acto; las impugnaciones que se desearen hacer deberán efectuarse por escrito, dentro del plazo legal correspondiente. ARTICULO 5° : ACLARACIONES DE OFICIO Y EVACUACION DE CONSULTAS: Los interesados, podrán solicitar, por escrito, al LICITANTE cualquier aclaración o efectuar cualquier consulta que sea necesaria para la preparación de su oferta, hasta el plazo que se fije en el P.C.P., previo a la apertura de la Licitación. La fecha que se tomará en cuenta para computar este plazo será la de efectiva recepción del requerimiento de aclaración o consulta por parte del Licitante. Este a su vez contestará las consultas de los interesados y/o efectuará de oficio, aclaraciones o comunicaciones que no enmienden la documentación de Licitación, en el plazo que se fije en el P.C.P. previo a la apertura de los sobres. Esta comunicación se efectuará a la totalidad de los adquirentes de Pliegos, a la dirección consignada por los mismos, por medio fehaciente. A estos efectos, los adquirentes de Pliegos deberán constituir domicilio especial dentro de la Ciudad de Bolivar. CAPITULO III DE LOS OFERENTES ARTICULO 6°: CAPACIDAD CIVIL DE LOS OFERENTES: Los OFERENTES deberán tener capacidad civil para obligarse. Los OFERENTES podrán ser personas físicas y/o jurídicas constituidas en Sociedades, Cooperativas o “Uniones Transitorias de Empresas” (U.T.E.), siempre que se constituyan conforme a la ley 19.550 y 22.903. Por consiguiente podrán presentar ofertas y constituirse como OFERENTES: 6.1. Las personas físicas y/o jurídicas domiciliadas en el país, que constituyan Domicilio especial en la Ciudad de Bolivar, con plena capacidad jurídica a los efectos de esta Licitación. Las personas

H. Concejo Deliberante Bolívar jurídicas constituidas en los términos y alcances de la Ley Nº 19550 y sus modificatorias y la Ley Nº 20337 y sus modificatorias deberán contener en su objeto social, la prestación del servicio de transporte público de pasajeros y no podrán realizar actividades que resulten incompatibles respecto a la prestación señalada. 6.2. Se entenderá como Cooperativa a aquella fundada en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar los servicios, conforme lo dispone la Ley Nº 20337 y sus modificatorias. Esta puede asociarse con sociedades civiles y comerciales, sin desvirtuar su objeto o finalidad de servicios, como así también integrar Uniones Transitorias de Empresas. 6.3. Uniones Transitorias de Empresas. Para el supuesto de verificarse una Unión Transitoria de Empresas se acompañará el contrato de constitución de la misma, ello sin perjuicio de adjuntar la documentación correspondiente a cada una de las firmas que la integran. En los Contratos de UTE podrán incorporarse cláusulas de extinción posteriores a la contratación del la concesión y podrán transformarse en sociedades, pasando ésta a ocupar el lugar de la UTE como adjudicataria, asumiendo por consiguiente todos los derechos y obligaciones. La Sociedad y/o los componentes de la UTE no deben haber sido sancionados con caducidad de concesiones y/o autorizaciones y /o por cumplimiento contractuales en la prestación del servicio, o por cesión ilegítima de la concesión, dentro del ámbito nacional, provincial o municipal en los cinco años inmediatamente precedentes a la fecha de apertura de esta licitación. ARTICULO 7°: CAPACIDAD TECNICO - FINANCIERA DE LOS OFERENTES: La capacidad técnica se establecerá indistintamente: a) Mediante los antecedentes que las Empresas registren en la Dirección de Transporte Automotor, y/o en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y/o en otras Direcciones Provinciales o Municipales de Transportes; b) Por certificados emitidos por Autoridad Competente, y que acrediten que han realizado en forma satisfactoria servicios análogos a los licitados; c) Por cualquier otro medio que la Licitante juzgue conveniente. La capacidad financiera resultará de los elementos de juicio que obren en poder de la Licitante, de los que aporten los mismos OFERENTES y/o de la información suministrada por establecimientos bancarios y/o comerciales de notoria responsabilidad y a satisfacción de la Licitante. La presentación de las propuestas implica que los OFERENTES han estudiado cuidadosamente los documentos de la Licitación y obtenido informes de carácter local. Quien concurra a la licitación no podrá alegar en ningún caso falta de conocimiento de las normas legales, cláusulas, especificaciones, reservas, requisitos, ni condiciones o circunstancias contenidas en este pliego o pliegos particulares. El OFERENTE debe verificar por sí todas las circunstancias que se refieran a la concesión y al servicio e incluso requerir con anticipación a su presentación a la licitación las informaciones que estime corresponder. No se admitirá reclamo o acción de ninguna índole durante el desarrollo de la concesión, fundada en faltas o fallas de la información. ARTICULO 8°: DECLARACION DE CONOCIMIENTO DE LA TRAZA Y CONDICIONES DE LA MISMA: Con anterioridad a formular su oferta, el OFERENTE a su exclusivo cargo deberá inspeccionar la traza y estudiar la misma, debiendo tomar conocimiento de las informaciones necesarias y todo dato que pueda influir en la correcta prestación del servicio, en su costo, en su frecuencia y en la duración del plazo concesionado.- No se admitirá, en consecuencia, reclamo posterior de ninguna naturaleza, basado en falta absoluta o parcial de informaciones, ni aducir a su favor la carencia de datos, que afecten el servicio. ARTICULO 9°: INCOMPATIBILIDAD PARA SER OFERENTES: No podrán ser OFERENTES: a) Los funcionarios o agentes de la administración publica nacional, provincia o municipal, ni por si, ni por interpósita persona. Tampoco podrán serlo las sociedades de las cuales aquellos funcionarios o agentes sean accionistas, socios gerentes o mandatarios. b) Los quebrados no rehabilitados. c) Las personas físicas o sociedades en las que se les haya declarado la caducidad de la concesión para la prestación de un servicio público, por incumplimiento de las obligaciones legales y contractuales impuestas por las normas legales, los pliegos y el contrato, y sus accionistas. CAPITULO IV DE LAS OFERTAS ARTICULO 10°: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA OFERTA: La oferta contendrá la siguiente documentación: a) Solicitud de admisión a la Licitación, por triplicado, dirigida al señor Intendente Municipal, declarando expresamente conocer y aceptar las condiciones del presente Pliego de la Licitación y detallando la documentación que se acompaña. b) Fotocopia autenticada del recibo de compra del Pliego de Condiciones.

H. Concejo Deliberante Bolívar c) Legajo de la Licitación incluidas las comunicaciones del Licitante, visado por el OFERENTE o su representante legal. d) Acreditación de acuerdo a derecho, de la representatividad de los firmantes de la oferta. e) La oferta por triplicado. f) Garantía de la oferta y declaración de mantenimiento de la oferta. g) Datos personales del OFERENTE, en caso de tratarse de una Sociedad Comercial copia autenticada del Contrato Social y Acta de conformación de Unión Transitoria de Empresas (UTE).- h) Declaración jurada de domicilio especial en la Ciudad de Bolivar, a los efectos de la presente Licitación y eventual adjudicación. i) Balance certificado por Contador Público Nacional, correspondiente al último ejercicio legal exigible del OFERENTE, o de las sociedades que componen la UTE. j) Planilla de datos del material rodante ofrecido, por triplicado, descripción detallada de las unidades ofrecidas, pudiendo agregarse planos y fotografías de las mismas. l) Certificados de solvencia económica y conducta comercial, expedidos por autoridad bancaria y/o firmas comerciales y/o autoridades competentes, de reconocida solvencia y responsabilidad. m) Constancia de inscripción ante los organismos impositivos y previsionales, del OFERENTE o de los componentes de la UTE. n) Declaración de conocimiento de la traza y condiciones de la misma. ñ) Los OFERENTES podrán agregar toda la documentación informativa que desearen, destinada a una mejor evaluación de sus propuestas. ARTICULO 11°: MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS: El plazo de mantenimiento de las ofertas será de noventa (90) días a partir de la fecha de apertura, transcurrido este tiempo sin que se hubiese firmado el convenio correspondiente, los OFERENTES podrán retirar su oferta manifestándolo expresamente por escrito. ARTICULO 12°: GARANTIA DE LA OFERTA: El OFERENTE deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la constitución de una garantía a favor del LICITANTE , cuyos montos se establecerán en el P.C.P. CAPITULO V APERTURA DE LAS OFERTAS: ARTICULO 13°: ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán abiertas y leídas en acto público, ante los funcionarios competentes y los interesados que concurran, en lugar, día y hora fijada en el P.C.P. y en el aviso de la Licitación .Si el día señalado para la apertura de las propuestas, fuera declarado feriado, el acto se realizará a la misma hora del día hábil subsiguiente. No se aceptarán, bajo ningún concepto, las ofertas que sean presentadas luego de la hora fijada en los avisos de la Licitación para la recepción y apertura de las propuestas, aun cuando la apertura de los sobres se hubiera retrasado y aun no se hubiera abierto ninguno de ellos en el momento en que pretenda efectuarse la presentación. A la hora fijada para la apertura se abrirán todos los sobres de la totalidad de las propuestas, leyendo en voz alta el número de orden de las mismas, el nombre de los OFERENTES y verificando si la documentación presentada se ajusta a lo establecido en el legajo de la Licitación. En los casos que corresponda se declararán inadmisibles aquellas propuestas que no reúnan los requisitos mínimos necesarios establecidos en el Artículo 11 del P.C.P., para su consideración, procediéndose a la devolución de toda la documentación en el acto. De todo lo actuado se labrará un acta, en la que constará: a) Nómina de las propuestas presentadas, numeradas por orden de apertura. b) Monto y tipo de garantías de oferta y emisor de las mismas. c) Nómina de las propuestas rechazadas y las causas de rechazo. d) Nómina de las ofertas aceptadas. e) Cargos y Nombres de los funcionarios del LICITANTE que se encuentren presentes en el acto. ARTICULO 14°: RECHAZO DE LAS OFERTAS: Será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura, por los funcionarios del LICITANTE que lo presidan la falta de la documentación exigida en el Articulo 11 del presente Pliego. El LICITANTE podrá solicitar para la evaluación, las aclaraciones o ampliaciones de información que considere necesario, siempre que de esto no resulte la modificación de la oferta. Estas solicitudes y la nueva información que presenten los OFERENTES, serán dadas a conocer a todos los interesados. Además de lo establecido precedentemente, serán rechazadas en el mismo acto de apertura o posteriormente, durante su evaluación, las propuestas en la que se compruebe: a) Que un mismo OFERENTE o representante legal, subsidiaria o miembros de un mismo holding, intervenga en dos o más propuestas. b) Que exista acuerdo entre dos o más OFERENTES o representantes legales para un mismo servicio y realicen ofertas separadas.

H. Concejo Deliberante Bolívar c) Que una misma persona integra la dirección de sociedades que formulen ofertas en forma separadas. d) Que una misma persona, sociedad o grupo resulte total o parcialmente propietaria de empresas que formulen ofertas en forma separada. ARTICULO 15°: DECISIONES DEL LICITANTE: Queda expresamente aclarado, que no se dará a conocer información alguna acerca del análisis, aclaración y evaluación de las ofertas, hasta que se haya anunciado la preadjudicación del convenio. Las decisiones del LICITANTE respecto de la selección del OFERENTE y de la adjudicación, son privativas, definitivas y realizadas de acuerdo a los criterios establecidos en este Pliego. Las Empresas OFERENTES podrán presentar recursos de protestas o impugnaciones que deberán ajustarse al procedimiento descripto en el Articulo 18 del P.C.P.. CAPITULO VI ADJUDICACION DE LA LICITACION: ARTICULO 16°: COMISION DE PREADJUDICACION: se integrará la COMISION DE PREADJUDICACION, conformada por un número impar de miembros, PRESIDIDA POR EL JEFE DE COMPRAS, quienes analizarán la documentación presentada por los proponentes y aconsejarán su rechazo o aprobación según corresponda conforme al presente Pliego. Su máxima responsabilidad será la de emitir el dictamen de preadjudicación. ARTICULO 17°: EVALUACION DE LAS OFERTAS: Será función de la Comisión de Preadjudicación, evaluar las ofertas. Para ello se procederá al estudio de las propuestas según los siguientes criterios: Se analizará su correspondencia con los requerimientos del Pliego y se investigará, verificará y comprobará, la validez de los antecedentes técnicos y financieros presentados, recabando la información complementaria que estime para esos fines. En el caso de que los antecedentes recabados por la Comisión no sean coincidentes con los presentados en la oferta, se tomarán como válidos a los fines de la evaluación, los recavados por ella. El principio que regirá la acción de la Comisión para la evaluación será el de determinar si la mejor oferta corresponde a una empresa que tenga capacidad técnica y financiera para cumplir con el objeto de la Licitación. La preadjudicación recaerá en la oferta más conveniente.- ARTICULO 18°: DICTAMEN DE PREADJUDICACION: Dentro de los veinte (20) días corridos desde la fecha del acto de apertura, la Comisión de Preadjudicación producirá dictamen aconsejando se adjudique a la empresa que tenga la mejor oferta. El dictamen, en el caso de presentarse más de dos ofertas, deberá tener un orden de mérito de por lo menos tres OFERENTES, será elevado al Licitante a los fines de su aprobación. Producida la adjudicación, se exhibirá públicamente en la sede del Comitente y, en el plazo de cinco días hábiles administrativos se notificará formalmente al adjudicatario. Al mismo tiempo se procederá a la devolución de las garantías de oferta en los términos del Artículo 12 del presente Pliego. La devolución de la garantía de oferta no implica el retiro o caducidad de las ofertas de los proponentes a los que no se adjudicó la Licitación, dado que el mantenimiento de éstas se rige por el Artículo 11 del presente Pliego. ARTICULO 19°: REVOCACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN: Si dentro de un plazo de treinta (30) días corridos de la correspondiente notificación de la adjudicación, el adjudicatario no estuviese en condiciones de suscribir el convenio, no concurriere al acto de firma del mismo o no aceptare suscribirlo, el Licitante podrá, sin intimación previa, revocar la adjudicación y proceder de inmediato a ejecutar la garantía de oferta. Tal decisión no dará derecho al adjudicatario a reclamo de ningún tipo. Lo mismo se aplicará en caso de incumplimiento en el plazo de iniciación del servicio ofertado en la propuesta adjudicada. En esas circunstancias el Licitante, podrá a su criterio, adjudicar la Licitación a la oferta que sigue en el orden de mérito de la preadjudicación. ARTICULO 20°: IMPUGNACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS: Dentro de los cinco días hábiles administrativos a partir de su notificación a los interesados, se podrán efectuar impugnaciones a los actos administrativos correspondientes a la Licitación, siguiendo el mecanismo que consigna la documentación que rige esta Licitación . CAPITULO VII FORMALIZACION Y CONDICIONES GENERALES DEL CONVENIO: ARTICULO 21°: FIRMA DEL CONVENIO: El convenio será suscripto por el adjudicatario y por el Licitante, dentro de los treinta (30) días corridos de la fecha de notificación de adjudicación.

H. Concejo Deliberante Bolívar ARTICULO 22°: DOMICILIO DE LAS PARTES Y NOTIFICACIONES: La prestataria, deberá constituir domicilio especial en la Ciudad de Bolívar, y mantenerlo en la misma durante la vigencia del convenio. Los cambios de domicilio de una de las partes, deberá ser notificado por escrito a la otra. Esta obligación subsistirá para el prestatario hasta un año después de vencido el término de la concesión y hasta que se hayan satisfecho las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda de éste hacia el Licitante si las hubiere. ARTICULO 23°: INSTRUMENTOS LEGALES - CONTRACTUALES Y DOCUMENTACION ACCESORIA: Se consideran documentos contractuales los siguientes: a) El presente Pliego de Condiciones; b) Las Cláusulas Particulares, Especiales, Complementarias y Anexos que hubiere; c) Los planos y planillas del concurso; d) Las Especificaciones Técnicas, si las hubiere; e) Las aclaraciones, normas e instrucciones complementarias de los documentos de la Licitación que el licitante hubiere hecho conocer por escrito a los interesados antes de la fecha de apertura; f) Los itinerarios y tarifas; g) La oferta; h) El acto de adjudicación. Se considera documentación accesoria, que dará fe en lo pertinente, la que se indica a continuación: a) La habilitación del servicio; b) Las órdenes de prestación de servicios que por escrito imparta la Licitante; c) Las modificaciones ordenadas por la autoridad competente. ARTICULO 24°: ORDEN DE PRELACION DE LA DOCUMENTACION ONTRACTUAL: En caso de divergencia en la interpretación de la normativa aplicable, se considerará válido el siguiente orden de prelación: a) El convenio suscriptor entre el COMITENTE y la ADJUDICATARIA. b) El presente Pliego de Condiciones. c) Las Cláusulas Particulares, Especiales, Complementarias y Anexos que hubiere. d) Los planos y planillas del concurso. e) Las Especificaciones Técnicas, si las hubiere. f) Las aclaraciones, normas e instrucciones complementarias de los documentos de la Licitación que la Licitante hubiere hecho conocer por escrito a los interesados antes de la fecha de apertura. g) Los itinerarios y tarifas. h) La oferta. i) El acto de adjudicación. CAPITULO VIII PRESTACION DEL SERVICIO Y CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO ARTICULO 25°: PRESTACION DEL SERVICIO: La Empresa adjudicataria deberá prestar el servicio por el término de Tres años contados a partir de la fecha de iniciación de los mismos, siendo dicho plazo prorrogable a su vencimiento por el término de dos años más, si la permisionaria cumpliera con los siguientes requisitos: a) Comprobada la eficiencia y seguridad del servicio prestado. b) No adeudar multas de ninguna especie o naturaleza originadas en infracciones a la presente Licitación. c) Acreditar que el parque automotor, con el cual presta servicios, cuenta con el número de unidades, estado de conservación y perfecto funcionamiento, establecidos en el P.C.T. d) Que el parque automotor no posea una antigüedad promedio superior los seis años. e) Que la permisionaria haya manifestado su intención de continuar con la prestación con una anticipación no menor a los 180 días del vencimiento de su concesión. La Licitante podrá exigir se introduzcan modificaciones en el servicio a fin de contemplar el interés público, para lo cual se deberá fundar su resolución mediante estudios de censos volumétricos y encuestas origen-destino, que servirán para la realización de las nuevas trazas. Si la permisionaria rechazare la oferta, la Dirección invitará a las demás permisionarias a cubrir la necesidad planteada. ARTICULO 26°: INICIACION DEL SERVICIO: Una vez firmado el convenio, la Licitante dará la orden de iniciación del servicio en el plazo ofrecido por el adjudicatario. ARTICULO 27°: RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA: La Empresa y su personal deberán cumplir estrictamente la totalidad de la reglamentación que regula el transporte de pasajeros, y será por cuenta de la empresa el cargo de multas e indemnizaciones por perjuicios y/o intereses, si se cometiera cualquier infracción. ARTICULO 28°: LIMPIEZA Y DESINFECCION DE LAS UNIDADES: Durante la prestación del servicio, la empresa estará obligada a mantener las unidades en perfecto estado de

H. Concejo Deliberante Bolívar funcionamiento y seguridad, higiene y desinfección, cumpliendo los requisitos y las reglamentaciones que la licitante determine. CAPITULO IX DIRECCION Y VIGILANCIA ARTICULO 29°: REPRESENTANTE RESPONSABLE DE LA EMPRESA: El contralor por parte del Poder Concedente se hará efectivo por medio de los órganos pertinentes de la Licitante, a la que el responsable legal de la empresa facilitará amplia información y cumplirá y hará cumplir las instrucciones y las órdenes impartidas. ARTICULO 30°: DOCUMENTOS QUE LA EMPRESA DEBE GUARDAR: Se conservarán copia ordenada de todos los documentos que hacen a la explotación del servicio, informes, libros y papeles, a efectos del libre acceso a funcionarios y empleados autorizados de la Licitante, para exámenes de contabilidad, pericias, parque móvil, seguros, etc. CAPITULO X REGIMEN DEL PERSONAL ARTICULO 31°: CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION LABORAL Y PREVISIONAL: La empresa estará obligada a cumplir con todas las disposiciones de la legislación vigente en la República Argentina, en materia laboral y previsional, así como las que establezcan las convenciones de trabajo.- La empresa está obligada a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las Leyes de Accidentes de Trabajo y de Seguridad e Higiene y su Reglamentación, y a todas aquellas otras disposiciones que se dicten en el futuro.- El incumplimiento o las infracciones a las leyes laborales y previsionales, serán puestos en conocimiento de las autoridades competentes.- ARTICULO 32°: COMPETENCIA DEL PERSONAL: La empresa sólo empleará operarios y empleados para la prestación del servicio, competentes y en número suficiente para la eficiente prestación del servicio regular, en la medida necesaria al exacto cumplimiento del contrato.- CAPITULO XI DISPOSICIONES VARIAS ARTICULO 33°: SEGUROS: A fin de cubrir los riesgos de la explotación del servicio, la empresa adjudicataria asegurará en Compañías a los pasajeros que transportan. Los seguros cubrirán daños a terceros no transportados y sus bienes. La empresa deberá cumplir toda otra disposición reglamentaria correspondiente a seguros, emanadas de autoridad competente. ARTICULO 34º: INSTRANFERIBILIDAD DE LA CONCESIÓN: Los contratos son intransferibles. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LICITACION Nº …………….. CLAUSULAS PARTICULARES ARTICULO 1°: OBJETO: El presente Pliego constituye las condiciones particulares y especificaciones técnicas del llamado a licitación para la operación de servicios de transporte público de pasajeros, mediante ómnibus, de carácter interurbano en la Ciudad de Bolívar. ARTÍCULO 2°: COMPUTO DE LOS PLAZOS: Salvo aclaración en contrario, todos los plazos establecidos en la documentación de Licitación y Contratación, se considerarán expresados en días corridos. ARTICULO 3°: ADQUISICION DE LOS PLIEGOS: La documentación licitatoria podrá adquirirse en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Bolívar, sita en Avda. Belgrano 11 de Bolívar, Pcia. de Bs. As., en el horario que se fije en el aviso de la Licitación. ARTICULO 4°: PRECIO DEL PLIEGO: Se ha establecido en la suma de Pesos Quinientos ($500.-), mediante dinero en efectivo, cheque acreditado, giro postal o bancario. Bajo ninguna circunstancia, dicho valor podrá ser devuelto al adquirente. ARTICULO 5°: CONSULTA, MODIFICACIONES Y ACLARACIONES: Los adquirentes, podrán efectuar consultas, y/o solicitar aclaraciones por escrito al LICITANTE, a través de la Mesa de Entradas y Salidas de la Municipalidad de Bolívar, hasta diez (10) días corridos antes de la fecha de la apertura de la Licitación. La LICITANTE, contestará las consultas y/o enviará aclaraciones hasta DOS (2) días hábiles administrativos, antes de la fecha de apertura de la Licitación. Las comunicaciones se efectuarán a todos los adquirentes en el domicilio denunciado en cada oferta. Sin perjuicio de la notificación de las notas aclaratorias con o sin consulta, dos (2) días antes de la fecha prevista para la apertura de las ofertas, los representantes de las empresas adquirentes de Pliegos deberán concurrir a la sede de la Oficina de Compras Municipal, sita en la Av. Belgrano nº 11 de Bolivar, a fin de tomar conocimiento de todas las circulares emitidas. En consecuencia, todas las notas aclaratorias se tendrán por conocidas y aceptadas por todos los adquirentes a partir de ese momento, sin derecho a reclamo alguno por la falta de notificación de alguna de ellas.

H. Concejo Deliberante Bolívar Los pedidos de aclaraciones de los adquirentes de Pliegos que ingresen a Mesa de Entradas y Salidas de la Municipalidad, fuera del plazo fijado ut-supra no serán considerados por el LICITANTE, ni darán derecho a reclamo alguno por tal causa. ARTICULO 6°: DOMICILIO DE LOS PARTICIPANTES: En el momento de adquirir los Pliegos, el interesado deberá informar un domicilio a efectos de remitir las comunicaciones que pudieran surgir hasta la fecha indicada precedentemente. Al efectuar la oferta, el proponente deberá constituir domicilio especial en la ciudad de Bolivar. El cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente a la Licitante. ARTICULO 7°: OFERENTES: Serán admitidos como OFERENTES todas las personas y sociedades de existencia ideal, con capacidad para obligarse. Debiendo acreditar su personería, por los medios establecidos en la legislación vigente, conforme al Artículo 6° del PCG. ARTICULO 8°: LUGAR y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Hasta el día ……….. de …………….. de 2011, y hasta la hora …. se recibirán los sobres conteniendo las ofertas por Mesa de Entradas y Salidas de la Municipalidad. ARTICULO 9°: GARANTIA Y PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: La garantía de oferta será constituida en efectivo, cheque certificado, carta fianza bancaria o póliza de seguro de caución, a nombre de la Municipalidad de Bolivar, la que deberá adjuntarse como requisito en la oferta. El monto de la misma ha sido fijada en la suma de Pesos Mil ($ 1.000) por unidad ofrecida para el servicio. En caso de los restantes OFERENTES que no resultaren adjudicados, se devolverá dicho importe o valor dentro de los diez (10) días de producida la notificación del resultado de la Licitación. Todos los proponentes están obligados a mantener su oferta por el plazo estipulado en el Artículo 11° del P.C.G. Dicho plazo se comenzará a contar a partir de la fecha de apertura de la Licitación. ARTICULO 10°: PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: El presente Artículo tendrá total concordancia, con lo estipulado por el Artículo 3° del P.C.G. En el sobre respectivo deberá consignarse claramente: a) Nombre de la Repartición: MUNICPALIDAD DE BOLIVAR; b) Número de la Licitación; c) Servicio que se Licita:” SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE DE COLECTIVOS PARA LA CIUDAD DE BOLIVAR”. d) Fecha y hora de la apertura: ……….. de ………………… de 2011 a las ………… Hs. ARTICULO 11°: CONTENIDO DEL SOBRE OFERTA: El presente Artículo tendrá total concordancia con lo estipulado en el Artículo 10° del P.C.G. Toda la documentación salvo indicación en contrario, se presentará por triplicado, encarpetada indicando, original, duplicado y triplicado. Todas sus fojas estarán correlativamente enumeradas a partir del guarismo uno (1) y rubricada por el OFERENTE y/o su representante legal. 1) DOCUMENTACION LEGAL DE ADMISIBILIDAD: a) Solicitud de admisión a la Licitación, por triplicado, dirigida al señor Intendente Municipal, declarando expresamente conocer y aceptar las condiciones del presente Pliego de la Licitación y detallando la documentación que se acompañe. b) Fotocopia autenticada del recibo de compra del Pliego de Condiciones. c) Legajo de la Licitación incluidas las comunicaciones del licitante, visado por el OFERENTE o su representante legal. d) Acreditación de acuerdo a derecho, de la representatividad de los firmantes de la oferta. e) El sellado de Ley por cada hoja de la documentación presentada. f) Garantía de la oferta y declaración de mantenimiento de la oferta por el plazo estipulado por el Artículo 11 del P.C.G.. g) Datos personales del OFERENTE, en caso de tratarse de una Sociedad Comercial copia autenticada del Contrato Social y Acta de conformación de Unión Transitoria de Empresas (UTE).- h) Declaración jurada de domicilio especial en la Ciudad de Bolivar, a los efectos de la presente Licitación y eventual adjudicación. i) Balance certificado por Contador Público Nacional, correspondiente al último ejercicio legal exigible del OFERENTE o de las sociedades que componen la UTE . j) Certificados de solvencia económica y conducta comercial, expedidos por autoridad bancaria y/o firmas comerciales y/o autoridades competentes, de reconocida solvencia y responsabilidad. k) Constancia de inscripción ante los organismos impositivos y previsionales del OFERENTE o componente de la UTE. l) Declaración de conocimiento de la traza y condiciones de la misma. 2) ANTECEDENTES TÉCNICOS: a) Planilla de datos del material rodante ofrecido, por triplicado. Además, descripción detallada de las unidades ofrecidas, pudiendo agregarse planos y fotografías de las mismas

H. Concejo Deliberante Bolívar 3) OFERTA: La Oferta propiamente dicha, especificando parque móvil, indicando modelo y estado dominial de las unidades; y plazo para la iniciación de los servicios a partir de la firma del Convenio ARTICULO 12°: CONOCIMIENTO QUE IMPLICA LA PRESENTACION: Los OFERENTES al proponer su oferta deberán tener especialmente en cuenta y se consideran notificados de las siguientes formulaciones: a) Que se considerarán únicamente aquellas ofertas que no se aparten a juicio del LICITANTE de las condiciones estipuladas en los Pliegos de la presente Licitación. b) Que el OFERENTE será el único responsable de los errores y/u omisiones en que hubiere incurrido al formular su oferta. c) Que el OFERENTE al presentar la oferta declara haberse compenetrado de toda la documentación de la presente Licitación, así como de las características técnicas y especiales de la misma, no pudiendo por lo tanto, alegar posteriormente dudas o desconocimiento al respecto. ARTICULO 13°: ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS: En la Oficina de Compras de la ciudad de Bolívar, sita en Avda. Belgrano 11 de Bolívar, el día ….. de ………….. de 2011, a las …… hs., se dará comienzo al ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS, el cual será presidido por el funcionario habilitado y designado para tal fin. Se cumplimentarán las formalidades enunciadas en el Artículo 13° del P.C.G. Durante ese acto se labrará el ACTA DE APERTURA CORRESPONDIENTE, de la cual se dará lectura al finalizar el acto y será firmada por el funcionario que lo haya presidido, otros funcionarios competentes, autoridades que hayan concurrido, OFERENTES y personas presentes que deseen hacerlo. ARTICULO 14°: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: La evaluación de las ofertas estará a cargo de la COMISION DE PREADJUDICACION, creada según el Artículo 16° del P.C.G.; actuará según el Artículo 17° del P.C.G.. La adjudicación se efectuará a la oferta mas conveniente a criterio de la comision, en atención a frecuencias ofrecidas, antigüedad de las unidades, etc. ARTICULO 15°: AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La Comisión de Preadjudicación podrá solicitar por escrito, información que considere necesaria para la evaluación de las ofertas y que no modifique las mismas. ARTICULO 16°: CAUSA DE RECHAZO DE LA PROPUESTA: Se procederá de acuerdo al Artículo 14° del P.C.G. ARTICULO 17°: RESERVA DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN: Durante el Plazo de evaluación de las ofertas hasta la fecha de comunicación fehaciente de la adjudicación a los OFERENTES, se mantendrá el carácter reservado de este procedimiento, no pudiendo la Comisión dar ningún tipo de información por los interesados. ARTICULO 18°: IMPUGNACIONES U OBSERVACIONES A LA LICITACIÓN: Los OFERENTES no podrán efectuar interrupciones en el acto de apertura de la Licitación, Con posterioridad al acto de apertura de Licitación y dentro de los cinco (5) días corridos siguientes los OFERENTES podrán impugnar por escrito las ofertas. ARTICULO 19°: PREADJUDICACIÓN: Dentro de los veinte (20) días corridos a partir de la fecha del Acta de Apertura, la Comisión encargada de la evaluación de las ofertas, producirá el Dictamen de Preadjudicación, la que recaerá sobre la oferta mas conveniente. Este Dictamen deberá ser aprobado por el Licitante. ARTICULO 20°: APROBACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN: Una vez aprobada la preadjudicación de la Licitación por parte del Licitante, se procederá de acuerdo a las formalidades del Artículo 18° del P.C.G.. La Autoridad Provincial competente deberá dictar el Instrumento Legal de adjudicación del servicio licitado, aprobando el procedimiento administrativo y autorizando la firma del convenio correspondiente. ARTICULO 21°: FIRMA DEL CONVENIO: En un plazo no mayor treinta (30) días de notificado el adjudicatario, el mismo deberá presentarse a suscribir el convenio, caso contrario se procederá en los términos del Artículo 19° del P.C.G..- PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS (P.E.T.): ARTICULO 1°: ITINERARIOS: ANEXO I ARTICULO 2°: PARQUE MOVIL: La cantidad de unidades mínima requerida es de tres (3) unidades para el recorrido.- Dos para el recorrido y una de reemplazo.- ARTICULO 3°: VEHICULOS A UTILIZAR: Los vehículos ofrecidos serán exclusivamente propiedad de los OFERENTES o tratarse de unidades en leasing, cuyo tenedor fuere el OFERENTE. A los efectos de la presente Licitación podrán presentarse compromisos formales a través de factura proforma para vehículos 0km a nombre del OFERENTE o UTE.-

H. Concejo Deliberante Bolívar Los vehículos ofrecidos para el servicio o renovación de unidades deberán cumplir, además de lo establecido por las normas de tránsito, los requisitos generales y observar las características técnicas del vehículo Tipo, siguientes: a) CHASIS: Deberá tener la capacidad, seguridad y toda otra condición necesaria para poder realizar el Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros, del cual es motivo la presente Licitación. b) MOTOR: Los motores para cada uno de los vehículos deberán ser capaces de mover el vehículo bajo cualquier condición de operación con una potencia mínima de 170 CV. Para el caso de los vehículos 0km, deberán cumplir las normas Euro II o superior. c) Estar homologados por la Secretaria de Industria de la Nación y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte d) CAPACIDAD DE TRANSPORTE: La capacidad de Transporte de las Unidades ofertadas será fundamentada técnicamente en función de la Demanda del Servicio estimada. Podrá utilizarse vehículos de características técnicas distintas de acuerdo al tipo de suelo del recorrido. El Poder Concedente se reserva el Derecho de exigir posteriormente a la adjudicación la ampliación de la capacidad de transporte de Líneas o Ramales, cuando estudios técnicos así lo determinen. e) CARROCERIA: A los efectos de la adjudicación se tomará especialmente en cuenta lo indicado en el presente Artículo. ARTICULO 4°: INSTALACIONES FIJAS: Las instalaciones fijas con las que deberán contar las adjudicatarias al momento de la iniciación de los servicios son: a) Oficinas administrativas, b) Playa de estacionamiento para la guarda de la totalidad de los vehículos. La oferta contendrá una descripción de las instalaciones fijas que se pondrán a disposición del servicio, debiéndose indicar las características que deberá cumplir el lugar destinado a la guarda y atención de los vehículos correspondientes a la presente Licitación. ARTICULO 6°: TARIFAS: Las tarifas a aplicar serán las que determine el Concejo Deliberante y estén vigentes en el momento de la iniciación de los Servicios y sufrirán las modificaciones que establezca la Autoridad Competente MODELO DE CONVENIO -------En la ciudad de Bolívar, Provincia de buenos aires, República Argentina, a los......días del mes de..........del año......, entre el señor.......................................... DNI. Nº ......................., en representación de la “EMPRESA ...............”, en adelante “LA PERMISIONARIA” por una parte y por la otra el señor Intendente Municipal Bolívar Escribano José Gabriel ERRECA, DNI. Nº ............................, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” , CONVIENEN: PRIMERO: Celebrar el presente convenio en el que se fijarán los derechos y obligaciones por los que se regirán las prestaciones de la totalidad del servicio público de transporte por automotor de pasajeros adjudicado de acuerdo con la Licitación pública Nº………. SEGUNDO: El permiso acordado por el PODER EJECUTIVO MUNICIPAL para esta prestación tendrá una duración de Tres (3) AÑOS, a contar de la fecha de la iniciación de los servicios.- TERCERO: “LA PERMISIONARIA”, para realizar los servicios que se autorizan deberá ajustarse previamente a los horarios y tarifas establecidas por “LA MUNICIPALIDAD”.- CUARTO: Bajo ningún concepto “LA PERMISIONARIA” podrá desafectar parcial o totalmente el material rodante habilitado para esta prestación, a fin de que el mismo sea empleado en cualquier otro tipo de servicio.- QUINTO: “LA PERMISIONARIA” se compromete a reforzar su flota de material rodante para este servicio, toda vez que “LA MUNICIPALIDAD” así lo creyere conveniente, en los términos y condiciones establecidos en los Pliegos de la Licitación Nº……….- SEXTO: “LA PERMISIONARIA” bajo ningún concepto podrá suspender parcial o totalmente sus servicios sin la previa autorización de “LA MUNICIPALIDAD”, salvo casos de fuerza mayor plenamente justificados.- SEPTIMO: “LA PERMISIONARIA” podrá reclamar ante “LA MUNICIPALIDAD”, todo aumento de servicio cuando así lo creyere conveniente.- OCTAVO: El presente convenio se rige por las disposiciones del Pliego general, Particular y Técnico de la Licitación nº………- Para constancia, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha antes indicado.---------------------------------------------------------------- MODELO DE SOLICITUD DE ADMISION La Razón Social...........................................................en adelante EL OFERENTE, representada legalmente por el señor ...................................................., en un todo de acuerdo a los documentos de la LICITACION que se adjuntan sellados y firmados en todas sus fojas PRESENTA SU OFERTA para la concesión del servicio de autotransporte público de pasajeros que es el objeto de la Licitación Pública Nº………… de la Municipalidad de Bolivar.- Dicha Oferta cubre: La forma y

H. Concejo Deliberante Bolívar los requisitos establecidos en los Pliegos Particular, Técnico y General de Condiciones, necesarios para la presentación del servicio que se licita.- El OFERENTE declara expresamente que: a) Conoce plenamente los Pliegos de Bases y Condiciones, incluyendo la totalidad de las Circulares con consulta Nº.....................y de Oficio Nº .................., y acepta su contenido, comprometiéndose al estricto cumplimiento de las obligaciones emergentes de se presentación a ésta Licitación.- b) Conoce las Leyes, Disposiciones y Reglamentos vigentes en la Provincia de Buenos Aires y en la Municipalidad de Bolivar que puedan tener bajo cualquier forma relación con las obligaciones del Convenio.- c) Renuncia a cualquier reclamación o indemnización en caso error en la interpretación de las Instrucciones a los OFERENTES y demás documentos de la Licitación y/o Convenio.- d) Se compromete a mantener su oferta por el plazo estipulado en el Artículo 11° del P.C.G. e) No esta comprendido dentro del Artículo 9°: Incompatibilidad Para Ser OFERENTES, puntos a),b) y c), del P.C.G..- f) A la firma del Convenio deberá cumplir las siguientes condiciones: 1) No encontrarse inhibido, acompañando el correspondiente informe actualizado del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires. 2) No estar apremiado como deudor del fisco provincial. 3) Acreditar inscripción como contribuyente ante la AFIP y demás impuestos. g) A todos los efectos constituye domicilio especial en.....................................de la ciudad de Bolívar, y manifiesta que su domicilio real es..............................................- Atentamente.- MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR LICITACION PUBLICA Nº …….. SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS PARA LA CIUDAD DE BOLIVAR A N E X O I: I T I N E R A R I O SERVICIO: INTERURBANO BOLIVAR SALIDA: desde …….. esquina ……….. por …… (1) ………. hasta ……………………- ……… (1) ……… hasta ……… (2)…………- ……… (2) ……….. hasta …….. (3)…………- VUELTA: TOTAL …………….. Kms

ARTICULO 2o: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. -------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2011. FIRMADO: MARIA JOSEFINA GONZALEZ RICARDO CRIADO SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD

ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.