Ordenanza Nº 2154/2011

Cediendo en comodato el tanque

Ordenanzas · 30 de mayo de 2011 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 31de Mayo de 2011

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 6390/11

EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE

= ORDENANZA Nº 2154/2011 = ARTICULO 1º: Convalídase el Contrato de Comodato celebrado entre el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bolívar, que expresa: --- CONTRATO DE COMODATO En la ciudad de San Carlos de Bolívar a los 13 días del mes de ENERO del año 2011, entre la Municipalidad de Bolívar, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Escribano José Gabriel ERRECA, DNI 17.096.719, con domicilio en calle Av. Belgrano 11 de la ciudad de Bolívar, por una parte en calidad de COMODANTE y por la otra el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito 7 (CAPBA D7), representado por su Presidente Arquitecto Raúl Gustavo SOTELO, DNI 16.266.941, con domicilio en calle Ascasubi 211 de la ciudad de Pehuajó, en calidad de COMODATARIOS se suscribe el presente contrato de comodato, el que se encontrará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:---------- PRIMERA: La Comodante cede en comodato el edificio "El Tanque" y el espacio exterior circundante, ubicado en la ciudad de Bolívar, entre la Avda. Lavalle y Avda. 3 de Febrero, que forma parte de la edificación de Obras Sanitarias, la que es aceptada por los Comodatarios en los términos y condiciones que determinan el presente.--------- SEGUNDA: Los Comodatarios se comprometen a utilizar la unidad cedida en comodato para la transformación del uso actual del edificio convirtiéndolo en Sede del CAPBA D7 Delegación Bolívar y Espacio Cultural de la ciudad, relacionado con exposición de obras y proyectos de arquitectura y urbanismo, realización de conferencias, debates y encuentros de profesionales., críticos y artistas. Los Comodatarios no podrán ceder ni transferir su uso u ocupación en todo o parte, bajo pena de caducidad del plazo que más abajo se le otorga.----- TERCERA: El plazo de duración del presente COMODATO se establece en VEINTE (20) AÑOS a partir de la fecha, feneciendo indefectiblemente a la fecha de su finalización, salvo prórroga del contrato pactada de común acuerdo por las partes, dentro del plazo de sesenta días anteriores a su finiquito.--------------------------------------- CUARTA: El presente comodato es a título gratuito. Los gastos de los servicios de uso interno (Luz, Gas) estarán a exclusivo cargo de los Comodatarios. El servicio de iluminación general del espacio exterior y fachada de "El Tanque", como asimismo, los impuestos, tasasr y contribuciones provinciales que pesaren sobre el inmueble serán a exclusivo cargo de la Comodante.------^---------------------------------------------------------- ----

H. Concejo Deliberante Bolívar QUINTA: En caso de incumplimiento por parte de los Comodatarios de las condiciones aquí establecidas, caducará de inmediato el plazo establecido y la Comodante podrá solicitar de inmediato la restitución de las instalaciones totalmente desocupadas y libres de ocupantes, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial previa. A tal efecto los Comodatarios reconocen no tener ningún derecho de ocupación, uso o tenencia permanente sobre el inmueble, más allá de lo que el presente contrato otorga.------------- --- SEXTA: El espacio interior del inmueble deberá ser mantenido en excelente condiciones de habitabilidad e higiene por los Comodatarios. El mantenimiento del espacio exterior será por cuenta de la Comodante. Por su parte se pacta expresamente que el Comodante no se responsabiliza por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarle al Comodatario las inundaciones, filtraciones, desprendimientos o cualquier otro accidente producido en la propiedad, ya fuere en las personas o en las cosas.--------- -------------------- SÉPTIMA: Forma parte del presente contrato el Anexo I compuesto de los folios N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6, con la siguiente documentación: planos de Planta General, Planta sector i interno*Fachada Avda. Lavalle, Corte General y Perspectivas, como asimismo, 4 (cuatro) fotografías del interior y 2 (dos) del exterior correspondientes al espacio del inmueble cedido en comodato, a los fines de la constatación del estado del mismo a la firma del presente.----------------------------------------------------------------------------------- OCTAVA: Los Comodatarios y la Comodante harán las modificaciones de acuerdo a los planos del Anexo I. Las modificaciones y el equipamiento del espacio interior de "El Tanque" y la carpintería de ingreso serán por cuenta de los Comodatarios. La reforma y el equipamiento del espacio exterior serán por cuenta del Comodante.-------------------- NOVENA: El presente contrato se suscribe ad-referéndum de su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante.------------------------------------------------------------------- ---- DECIMA: Para todos los efectos extrajudiciales y/o judiciales derivados del presente contrato, las partes constituyen domicilios especiales en los arriba indicados, donde se tendrán por validas todas las notificaciones que se efectúen, sometiéndose a la jurisdicción del Tribunal en lo Contencioso y Administrativo de Azul, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción.-----------------------------------------------------------------:---- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba iniciados. ARTICULO 2o: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. -------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR A TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2011. FIRMADO: MARCELO VALDEZ RICARDO CRIADO A/C SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.