Ordenanza Nº 2145/2011
Eximición a las rifas y/o campañas de las cooperadoras del hospital y bomberos
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 3 de Mayo de 2011 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 6383/11
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 2145/2011 = ARTICULO 1º: : Exímese del porcentual del cinco por ciento (5%) que corresponde al Consejo Escolar de Bolívar, a las rifas y/o campañas de Socios Protectores de las Cooperadoras de los Hospitales Municipales del Partido de Bolívar, en virtud de la loable labor comunitaria que realizan. ARTICULO 2º: El beneficio a que hace referencia el Artículo 1º es otorgado para el Ejercicio 2011. ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. -------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A DOS DIAS DEL MES DE MAYO DE 2011. FIRMADO: MARIA JOSEFINA GONZALEZ RICARDO CRIADO SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.