Ordenanza Nº 2112/2010

Creando el “programa integral de lucha contra la obesidad infantil y adolescente”

Ordenanzas · 1 de diciembre de 2010 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar

Bolívar, 2 de Diciembre de 2010 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 6329/10 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE

= ORDENANZA Nº 2112/2010 = ARTICULO 1°: Créase el “PROGRAMA INTEGRAL DE LUCHA CONTRA LA OBESIDAD INFANTIL Y ADOLESCENTE” a través de la Secretaría de Acción Social conjuntamente con la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bolívar, considerando, como primera medida: Realizar una encuesta nutricional en el Partido de Bolívar para obtener información precisa, válida y actualizada que permita dar cuenta de la magnitud y las dificultades del estado de nutrición de niños y adolescentes, por edad u otra condición relevante, siendo de suma importancia en al momento de definir acciones concretas en el abordaje del problema. Y con el objetivo primordial de: a) Destacar el rol de la actividad física, incentivando la práctica de deportes no competitivos en las escuelas primarias y secundarias y en todos los ámbitos municipales y provinciales que se especializan en prácticas deportivas. b) Generar estrategias para promover una alimentación saludable desde la mirada del cuidado integral del niño y favoreciendo la prevención. c) Procurar la toma de conciencia de la población sobre la importancia de incorporar hábitos alimenticios que permitan lograr un óptimo estado de salud. d) Crear y aumentar la conciencia de los consumidores sobre las múltiples consecuencias para la salud y las numerosas patologías. e) Coordinar y planificar acciones tendientes a la disminución y erradicación de esta enfermedad. h) Organizar y realizar Campañas de Difusión especialmente dirigidas a la población infantil y adolescente, promoviendo el consumo de alimentos saludables y hábitos saludables. i) Organizar y realizar Campañas masivas de comunicación dirigidas a la población en general con el objetivo de promover la necesidad de generar cambios en la alimentación de los niños y adolescentes del Partido de Bolívar. ARTICULO 2°: La Secretaría de Acción Social promoverá la conformación de un Consejo Asesor para la Lucha contra la Obesidad Infantil y Adolescente para lo que invitará a integrar el mismo a un Pediatra, a una Nutricionista y a todos los entes,

H. Concejo Deliberante Bolívar organismos y asociaciones sin fines de lucro, que a su criterio tengan legitimidad para realizar un aporte a dicho Consejo. ARTICULO 3°: La Secretaría de Acción Social, conjuntamente con el aporte de profesionales especializados en la materia del área de salud (pediatras, nutricionistas), tendrán a su cargo la confección de “planes de alimentación saludable” adecuados, así como la creación del listado de los alimentos que sean considerados saludables y/o nutritivos; y del listado de alimentos no saludables o de bajo aporte nutricional, con el objeto y alcance de lo mencionado en el articulo siguiente. ARTICULO 4°: Invítese a los titulares de kioscos escolares para que a partir de la sanción de la presente Ordenanza adhieran a las medidas que se instrumenten a efectos de implementar los denominados “Kioscos Saludables” incorporando alimentos esenciales y nutritivos, en detrimento de la ingesta excesiva de alimentos hipercaloricos. De la misma manera, invítese a quien corresponda a recibir información para evitar y/ o disminuir el uso de alimentos hipercalóricos y de escaso aporte nutricional en los comedores y otros espacios públicos en los que asiste esta franja poblacional, otorgando fiel cumplimiento a los objetivos del presente Programa. ARTICULO 5°: El Consejo Asesor para la Lucha contra la Obesidad Infantil y Adolescente será a su vez el encargado de monitorear, y/o denunciar los casos en los que no se cumpla la presente Ordenanza. ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------- -- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DE 2010. FIRMADO:

MARIA JOSEFINA GONZALEZ RICARDO CRIADO SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.