Ordenanza Nº 2100/2010
Comodato con consejo escolar
H. Concejo Deliberante Bolívar
Bolívar, 2 de Diciembre de 2010 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 6328/10 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 2100/2010 = ARTICULO 1°: Autorizase al Señor Intendente Municipal a suscribir el Contrato de Comodato que expresa: ----------------------------------------------------------------------------- ---- CONTRATO DE COMODATO En la Ciudad de Bolívar, Partido de Bolívar, Provincia de Buenos Aires, a los .... días del mes.......................de 2010, entre el Municipio de Bolívar, representado en este acto por el Sr. Intendente Municipal Escribano José Gabriel ERRECA, DNI n° 17.096.719, con domicilio en calle Belgrano n° 11 de ésta ciudad, en adelante denominada "COMODANTE", y por la otra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Presidente del Consejo Escolar de Bolívar, don Jorge Luis SALDUONDO, DNI 16.862.190, en adelante denominada "COMODATARIO", convienen en celebrar el presente contrato de comodato, "ad referéndum" del Director General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aries, que se regirá por las disposiciones del Código Civil y las siguientes cláusulas: PRIMERA (partes intervinientes): COMODANTE: la Municipalidad de Bolívar, representada por el Sr. Intendente Municipal Escribano José Gabriel ERRECA, DNI n° 17.096.719, constituyendo domicilio en Calle Belgrano 11 de Bolívar, Pcia. de Buenos Aires.- COMODATARIO: la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Presidente del Consejo Escolar de Bolivar, don Jorge Luis SALDUONDO, DNI 16.862.190, constituyendo domicilio en Calle 13 e/ 56 y 57 de la Plata, Provincia de Buenos Aires.-SEGUNDA (objeto): El COMODANTE cede en comodato a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, un sector del inmueble ubicado en la Calle Avenida General Paz n° 395 de la Localidad y Partido de Bolivar, Provincia de Buenos Aires, designado catastralmente como: Circ. I, Sec. C, Manz. 185, Pare. 12b, Matricula: 23.973.- TERCERA (destino del inmueble): El COMODATARIO destinara el sector del inmueble que recibe en comodato, determinado en plano que se adjunta, para el funcionamiento de una SALA MATERNAL PARA EEM N° 2 dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. -CUARTA (plazo de Vigencia): La vigencia de este contrato se extenderá hasta el día 31 de Diciembre de 2011, computándose a partir de la firma del presente contrato de comodato, debiendo EL COMODATARIO indefectiblemente restituir el inmueble cedido, en el mismo estado en que se encuentra, toda vez que por la naturaleza del convenio la propiedad y posesión del bien la conserva EL COMODANTE. -QUINTA (impuestos, tasas y contribuciones y gastos de servicios: Todos los impuestos, tasas y
H. Concejo Deliberante Bolívar contribuciones de cualquier naturaleza, creados o a crearse y que graven el dominio, serán a cargo dei comodante.- Serán a cargo del comodante las facturas por consumo de luz, gas, teléfono y agua en caso de ser medidos, como colaboración y aporte municipal a la educación.- SEXTA (Obligaciones del comodatario): El comodatario se obliga a abonar el importe de los objetos que faltaren o se deterioraren total o parcialmente durante el tiempo en que se ocupe el bien en comodato, salvo los que resulten del buen uso y del transcurso del tiempo.- SEPTIMA (Obligación del comodante): El comodante se compromete a poner en conocimiento del comodatario la transferencia del dominio que pueda afectar la propiedad y todo otro gravamen o restricción que pueda pesar sobre la misma, al igual que toda afectación personal a la parte del comodante.- OCTAVA (Constitución de domicilio y jurisdicción): A los efectos legales que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados en la cláusula primera, donde se tendrán por validas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que fueren del caso, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Azul, con exclusión de cualquier otra competencia. - NOVENA (normas legales): Las partes declaran conocer y aceptar expresamente lo establecido por el Código Civil, la Ley de contabilidad n° 7764/7'1 y el Reglamento de Contrataciones N° 3300/72 que se consideran, a sus efectos, como parte integrante del presente convenio.- En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al comienzo del presente.- En este acto el Comodatario recibe una copia del mismo.- ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------- --
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DE 2010.
FIRMADO:
MARIA JOSEFINA GONZALEZ RICARDO CRIADO SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD ES COPIA
H. Concejo Deliberante Bolívar
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.