Ordenanza Nº 2022/2009

Habilitando usos en zonas residencial 2, 1 y comercial 1 y 3

Ordenanzas · 26 de noviembre de 2009 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar 27 de Noviembre de 2009

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF. EXP. Nº 6115/09

EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE =ORDENANZA Nº 2022/2009 = ARTICULO 1º: Habilítanse los usos, en las zonas denominadas Residencial 2 – Residencial 1 – Comercial 1 – Comercial 3 de los siguientes rubros: a) Elaboración de Fiambres y chacinados hasta 2.000 kgs. por mes b) Elaboración de chocolates dulces hasta 2.000 kgs. Por mes c) Elaboración y Conservación de frutas hasta 2.000 kgs. Por mes ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. --------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A VEINTISEIS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2009

FIRMADO:

RAUL MORONI JOSE GABRIEL ERRECA

Secretario HCD Presidente HCD

ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.