Ordenanza Nº 2019/2009

Excepciones a la zonificacion

Ordenanzas · 26 de noviembre de 2009 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar 27 de Noviembre de 2009

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF. EXP. Nº 6115/09

EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE =ORDENANZA Nº 2019/2009 = ARTICULO 1º: Desaféctese a la Chacra: 137- Secc. B-Circ:II- Parcelas: 1s de Zona Complementaria. ARTICULO 2º: Incorpórese a Zona Residencial Extraurbana a la Chacra 137 - Secc.B- Circ.II- Parcelas: 1s. ARTICULO 3º: Aplíquese los siguientes Indicadores Urbanísticos: F.O.S: 0,6 F.O.T: 0,8 Densidad Neta: 1 vivienda por parcela Superficie Mínima: 600 m2 ANCHO MÍNIMO: 20 metros ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. --------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2009

FIRMADO:

RAUL MORONI JOSE GABRIEL ERRECA

Secretario HCD Presidente HCD

ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.