Ordenanza Nº 2008/2009
Habilitacion provisoria de salas extractoras de miel
H. Concejo Deliberante Bolívar
Bolívar, 14 de Julio de 2009 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 6015/09
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 2008/2009 = ARTICULO 1º: : Prorrógase por cuatro (4) años a partir de la promulgación de la presente la Ordenanza Nº 1755/2004 sancionada por este H. Cuerpo el 22 de Septiembre de 2004 ARTICULO 2o: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DE 2009.
FIRMADO:
RAUL MORONI JOSE GABRIEL ERRECA SECRETARIO HCD PRESIDENTE HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.