Ordenanza Nº 1998/2009
Convenio con ministerio de desarrollo social bonaerense
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 5 de Mayo de 2009 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 5978/09
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE BOLIVAR EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE = ORDENANZA Nº 1998/2009 = ARTICULO 1º: Autorícese al Sr. Intendente Municipal Dr. Juan Carlos Simón a suscribir con el ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires el convenio Marco de Adhesión al PROGRAMA DE INTEGRACIÓN COMUNITARIA con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires. El Citado Convenio expresa: ------------- “CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN COMUNITARIA ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRADORA El Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, sito en la calle 55 N° 570 del Partido de La Plata, representado en este acto por el Señor Ministro Don Daniel Arroyo, en adelante "EL MINISTERIO" y La Organización Administradora, en adelante "LA OA" a cargo del Municipio de Bolívar, sita en calle Belgrano 11 del Partido de Bolívar representada en este acto por el Dr. Juan Carlos Simón en su carácter de Intendente, suscriben en el marco de la implementación del Programa de Integración Comunitaria del Ministerio de Desarrollo Social el presente Convenio. OBJETIVO GENERAL El Programa de Integración Comunitaria (PIC), acorde con el marco normativo vigente, se propone que los niños, niñas y adolescentes, de 12 a 20 años, a través de su participación activa en espacios de formación y recreación específica y en la construcción de vínculos significativos con otros actores de su comunidad, logren resignificar y orientar un proyecto vital en condiciones de dignidad. El Programa prioriza a aquellos niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad respecto de situaciones enmarcadas en hechos violentos o delictuales, o involucrados en conflicto con la ley penal. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Propiciar que los niños, niñas y adolescentes realicen aprendizajes significativos para el desarrollo de un proyecto vital saludable, adecuado a la particularidad de la etapa de su desarrollo. 2. Priorizar dispositivos de integración y asistencia para los niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad respecto de la violencia y el delito y/o en conflicto con la ley penal. 3. Desarrollar y/o fortalecer la vinculación del niño, niña y el adolescente con adultos significativos de su entorno, orientando la construcción de referencias estables y fortaleciendo su integración familiar. 4. Acompañar al niño, niña y al adolescente desde el Estado y con los referentes comunitarios, en una tarea asociada que garantice y/o restituya el efectivo cumplimiento de sus derechos. 5. Consolidar equipos territoriales que sean capaces de asumir un compromiso con los niños, niñas y los adolescentes en un rol de facilitación y mediación de las instancias necesarias para su integración. 6. Potenciar los recursos comunitarios, promover capacidades y generar competencias para el desarrollo de estrategias adecuadas para la Prevención, Promoción y Protección de los Derechos del Niño y su asistencia en situaciones de vulneración. Las Partes acuerdan: PRIMERA: "EL MINISTERIO" en conjunto con "LA OA" identificarán los barrios más críticos respecto de la situación de niños, niñas y adolescentes en donde se llevará adelante el Programa, teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Datos existentes de cobertura educativa con particularidad a los índices y/o registro de sobre edad, desgranamiento y deserción. Datos existentes de cobertura sanitaria, con particularidad a los índices y/o registros de patologías de consumo, abuso, violencia, suicidios y embarazo adolescente. Sistematización del flujo de ingresos de niños, niñas y/o adolescentes a comisarías. Datos provistos por el Sistema de Promoción y Protección de Derechos, respecto del flujo de casos atendidos y las problemáticas recurrentes.
H. Concejo Deliberante Bolívar Datos provistos por el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil respecto del flujo de casos asistidos y problemáticas. SEGUNDA: "LA OA" manifiesta conocer y sujetarse a los contenidos del Programa de * Integración Comunitaria para Niños, Niñas y Adolescentes.----------------------------- TERCERA: "EL MINISTERIO", transferirá a "LA OA" el subsidio para financiar la totalidad del Proyecto a fin de implementar el Plan de Trabajo aprobado.------------------- CUARTA: "EL MINISTERIO" capacitará a los municipios, ONGs, a los diversos sujetos que integren el proyecto y a los equipos técnicos locales que participen del Programa de Integración Comunitaria para su implementación.-------------------------------- QUINTA: "EL MINISTERIO", realizará a través de la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia el control de las acciones que "LA OA" se compromete a desarrollar en el marco del Plan de Trabajo.---------------------------------------------------------------------------- SEXTA: "LA OA" deberá presentar a "EL MINISTERIO" el listado del equipo Técnico- Administrativo conformado tanto para el desarrollo del Plan de Trabajo como para el acompañamiento, seguimiento y evaluación de las acciones del Programa.---------------- SÉPTIMA: "LA OA" presentará a "EL MINISTERIO" en el Plan de Trabajo, el listado debidamente documentado de los beneficiarios incluidos en el PIC.-------------------------- OCTAVA: "LA OA" deberá notificar a "EL MINISTERIO" en forma bimestral, mediante nota firmada por la Máxima Autoridad responsable, las altas y bajas, producidas. Deberá, asimismo, incluir el Informe Técnico del Operador Comunitario responsable del grupo de beneficiarios correspondiente.----------------------------------------- NOVENA: "La OA" deberá presentar en forma trimestral a "EL MINISTERIO" junto con la rendición contable, un Informe Técnico que registre las acciones realizadas y el cumplimiento del objeto social del PIC.---------------------------------------------------------------- DECIMA: "LA OA", es la responsable de la totalidad de las acciones a implementar en el marco del Plan de Trabajo frente a "EL MINISTERIO".-----------------------------------DECIMA PRIMERA: "LA OA" deberá seleccionar las Organizaciones Ejecutoras que llevarán a cabo las tareas de acompañamiento de los niños, niñas y adolescentes y el desarrollo de los proyectos de Formación Sociolaboral y de Integración y Formación Socioeducativa en los barrios seleccionados en el Plan de Trabajo.-------------------------- DECIMA SEGUNDA: "LA OA" se obliga a informar a "EL MINISTERIO", la baja de una Organización Ejecutora, debiendo proponer una Organización de reemplazo dentro de los quince días siguientes. "EL MINISTERIO" será el encargado de autorizar el alta de reemplazo correspondiente, a propuesta de "LA OA".------------------- DÉCIMA TERCERA: El presente convenio tendrá una duración de seis (6) Meses pudiendo ser prorrogado por única vez por el mismo período, dicha prórroga deberá ser solicitada por las partes 30 días antes de su finalización por medio fehaciente. La rescisión del mismo podrá ser efectuada por las partes en cualquier momento, debiendo cumplimentar los proyectos que se encuentren en ejecución. DECIMA CUARTA: A todos los efectos legales derivados del presente Convenio, las partes constituyen sus domicilios en los consignados al inicio del presente, lugar éste donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a los Tribunales del Fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. En prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata a los 2 días del mes de Octubre del año 2008” ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ----------------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR A CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2009 ------------- FIRMADO
RAUL MORONI JOSE GABRIEL ERRECA SECRETARIO HCD PRESIDENTE HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.