Ordenanza Nº 1681/2002

Reglamentando cria de chinchillas

Ordenanzas · 27 de noviembre de 2002 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 28 de Noviembre de 2002 Ref. Exp. Nº 4955/02

= ORDENANZA Nº 1681/2002 = ARTÍCULO 1º: Declárese de Interés Productivo Municipal y beneficiado con medidas de fomento, la cría de chinchillas en el Partido de Bolívar. ARTÍCULO 2º: A los fines de su incorporación a lo previsto en el Art. 1º, los criaderos deberán cumplir lo estipulado por la reglamentación que se acompaña como Anexo y forma parte de esta Ordenanza. ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo propiciará y aus piciará políticas activas a fin de cumplimentar aquel cometido. ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ANEXO ORDENANZA Nº 1681/2002 Artículo 1º: Se entiende por “Criaderos de Chinchillas” a los establecimientos destinados al aprovechamiento de la especie desarrollado bajo el régimen de cautividad. Se entiende por tal aquel en cuyas instalaciones se lleva a cabo la cría, reproducción y destino final de la especie con estricta separación de las salvajes. Artículo 2º: De las instalaciones: Deberán contar con buena ventilación, equipos de extracción de aire, iluminación adecuada para la crianza de los roedores. Artículo 3º: De la remoción de excretas y/o limpieza de jaulas: deberá realizarse por lo menos una vez por semana, siendo obligatorio como destino final de los desechos el Basurero Municipal y/o predio similar. Los criaderos en general tienen que tener una adecuada higiene y pintura. Artículo 4º: De la piel de los ejemplares: Deberán contar con una adecuada refrigeración a los fines de una buena conservación. Artículo 5º: De la localización de los criaderos: Por sus características podrán instalarse en todo el Partido de Bolívar, sin restricción al uso de suelo, aquellos criaderos que cuenten con menos de 500 madres, siempre y cuando cumplan con los requisitos precedentes. Artículo 6º: La Dirección de Bromatología, una vez evaluados los requerimientos, autorizará el funcionamiento del Criadero, otorgándole un número que se acompañará con el nombre de fantasía del mismo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 27 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2002

FIRMADO

SEBASTIÁN A. REYNOSO MARIA INES LONGOBARDI Secretario HCD Presidente HCD

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.