Ordenanza Nº 1614/01
Incorporando a la zonificacion el rubro criadero de pajaros
Bolívar, 11 de septiembre de 2001 Ref. Exp. Nº 4576/01 = ORDENANZA Nº 1614/01 = ARTICULO 1º: Inclúyase en la Ordenanza de Zonificación y Usos Nº 329/79 el rubro Criadero de Pájaros en general. ARTICULO 2º: Determínese que dicha actividad pueda funcionar dentro de la Planta Urbana en todas sus zonas como también en Zona Rural. ARTICULO 3º: Déjese aclarado que los mencionados criaderos deben cumplir con las normas de higiene y salubridad que solicite el Ministerio de Agricultura, Ganade ría y Alimentación de la Pcia. de Bs. As. a través de su área respectiva. ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2001
FIRMADO
MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.