Ordenanza Nº 1613/2001
Creando el registro unico de planes sociales
Bolívar, 11 de septiembre de 2001 Ref. Exp. Nº 4500/00 = ORDENANZA Nº 1613/2001 = ARTICULO 1º: Créase en el ámbito de la Secretaría de Acció n Social el Registro Unico de Beneficiarios de Planes Sociales. ARTICULO 2º: El Registro Unico de Beneficiarios de Planes Sociales contendrá, en forma ordenada, la individualización de las personas que sean beneficiarias de dichos planes sociales, con las siguientes especificaciones: a) Datos filiatorios, Documento Nacional de Identidad y Domicilio, cuando se trate de personas físicas. b) Razón o denominación social, Clave Unica de Identificación Tributaria y domicilio legal, para los supuestos de Personas Jurídicas. 1) Tipo y carácter del beneficio recibido. ARTICULO 3º: Cada área del Gobierno Municipal que tenga a su cargo la ejecución y/o administración de planes o programas sociales deberá elevar a la Secretaría de Bienestar Social, la información requerida por la presente a los efectos de conformar el Registro. Una vez conformado el Registro, las dependencias mencionadas precedentemente deberán actualizar la información trimestralmente. ARTICULO 4º: La Secretaría de Bienestar Social debe rá elevar trimestralmente al HCD la información del Registro de Beneficiarios de Planes Sociales. ARTICULO 5º: El Registro de Beneficiarios de Planes Sociales será elaborado conforme la reglamentación que dicte el DE en un plazo que no exceda los 60 días, contados desde la sanción de la presente Ordenanza. ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 10 DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 2001
FIRMADO
MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.