Ordenanza Nº 1580/2000
Mano de obra local en llamados a licitacion
Bolívar, 19 de Diciembre de 2000 Ref. Exp. Nº 4439/00 = ORDENANZA Nº 1580/2000 = ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo debe rá establecer en sus llamados a licitación que las empresas radicadas y/o a radicarse en el partido de Bolívar, de berán contratar o incorporar personal al menos el ochenta por ciento de trabajadores del Partido de Bolívar. ARTICULO 2º: Este requisito será obligatorio para toda obra pública ya sea esta de carácter municipal, provincial o nacional. ARTICULO 3º: Las empresas que requie ran la contratación de mano de obra especializada no disponible del mercado laboral local, quedarán exceptuadas de lo dispuesto en la presente ordenanza. ARTICULO 4º: Comuníquese la presente Ordenanza a las empresas radicadas y/o a radicarse en el Partido de Bolívar. ARTICULO 5º:Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES del HCD A 18 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2000
FIRMADO
MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.