Ordenanza Nº 1491/98
Declarando de utilidad publica y pago obligatorio
Bolívar, 29 de Diciembre de 1998 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP.Nº 4055/98 EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 1491/98 =
ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y sujeta al Pago Obligatorio, la obra de Desagües Cloacales a ejecutarse en la Localidad de Pirovano, Partido de Bolívar, que abarca las calles y Avenidas indicadas en el Anexo I de la presente, de acuerdo a proyecto que se adjunta y forma parte de la presente. ARTICULO 2º: Fíjase el importe de la Contribución a abonar, por cada frentista en la suma de PESOS DOS MIL CIENTO DOCE ($ 2.112.-) La suma fijada deberá ser cancelada en un plazo máximo de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO (264) MESES mediante el pago de una cuota mensual de Pesos OCHO ($ 8.-) ARTICULO 3º: Apruébase el CONVENIO suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR y LA COOPERATIVA ELECTRICA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE PIROVANO LTDA., en virtud del cual la MUNICIPALIDAD ejecutará la obra y la COOPERATIVA efectuará el cobro de los distintos planes de pago, todo conforme a lo establecido en las cláusulas del mismo. ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1998. FIRMADO: MARTA OLIVERA RICARDO CRIADO Secretaria HCD Presidente HCD ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.