Ordenanza Nº 1259/96

Prohibicion de fumar en espacios publicos

Ordenanzas · 16 de septiembre de 1996 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar

ORDENANZAS RELACIONADAS 1295 - 1318 Bolívar, 17 de Setiembre de 1996 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.EXP.Nº 3397/96

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 1259/96 =

ARTICULO lº: Hacer cumplir en todo el ámbito del Partido de Bolívar la Ley Provincial 11.241 que prohíbe fumar y expender cigarrillos y demás productos derivados del tabaco en los efectores de salud, del subsector público en áreas destinadas a prácticas o acciones de fomento, protección, recuperación y rehabilitación de la salud. ARTICULO 2º: Hacer cumplir en el subsector privado en los mismos términos del artículo 1ro.). ARTICULO 3º:Se prohíbe fumar en todos los ambientes cerrados municipales, administrativos, deportivos, recreación, etc. ARTICULO 4º: Se dispondrá de 90 a 120 días para concientizar e informar a la población. ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DE 1996.

FIRMADO: HUGO GOÑI (PRESIDENTE)-MARTA E. OLIVERA (SECRETARIA)

ES COPIA

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.