Ordenanza Nº 1228/96
Creando cabinas sanitarias
H. Concejo Deliberante Bolívar Bolívar, 21 de Mayo de 1996
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF.EXP.Nº 3311/96
EL H. CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA CON FUERZA DE
= ORDENANZA Nº 1228/96 =
ARTICULO lº Créanse en las Localidades de Pirovano y Urdampilleta, las cabinas sanitarias para el control de las mercaderías, alimentos, etc. ARTICULO 2º; Las mismas dependerán de la Dirección de Bromatología Municipal. ARTICULO 3º: Estarán ubicadas en las instalaciones de las respectivas terminales de micros que se encuentran en la entrada de dichas localidades.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MAYO DE 1996
FIRMADO: HUGO GOÑI (PRESIDENTE)-MARTA E. OLIVERA (SECRETARIA) ES COPIA
H. Concejo Deliberante Bolívar
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.