Ordenanza Nº 1126/95
Convenio con policia bonaerense
Bolívar, 7 de Julio de 1995
Referencia: Expediente N°:3122/95
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA N°: 1126/95
ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio de Cooperación Institucional, celebrado con fecha 21/12/93 y su adicional, celebrado con fecha 24/8/94, entre la Policía de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bolívar, y que como Anexo I forman parte integrante de la presente, a los fines de implementar el Plan de Seguridad denominado "PATRULLA BONAERENSE".
ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA en la Sala de sesiones del H Concejo Deliberante de Bolívar, a ios 6 días del mes de Julio de 1995.
CONVENIO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL En la ciudad de Bolivar, a los veintiún dias del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y tres, entre I • Policia de la Provincia de Buenos Aires, en adelante denominada la "Policia", representada en este acto por su titular el Comisario General Pedro Anastacio Klodczyk, y la Municipalidad del Partido de Bolivar , en adelante denominada " la Municipalidad ", representada por el señor Intendente Municipal Dr. Juan Carlos Reina, se celebra el presente Convenio de Cooperación Institucional sujeto a las condiciones que establecen seguidamente: . ARTICULO Iro. : El presente convenio de cooperación institucional se celebra en orden a lo dispuesto por los arts. 1, 3 y 6 de la Ley 7551/8O y arts. 25 y 228 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 2do.: La Policia asignara los medios necesarios a los fines de implementar el Plan de Seguridad denominado "Patrulla Bonaerense", según nómina que se detalla en Anexo I ARTICULO 3ro.: La afectación de medios mencionada en la cláusula anterior estará destinada a la realización de actividades de seguridad contra lo delincuencia en todo el ámbito del Partido correspondiente a la Municipalidad ARTICULO 4to.: La disposición operativa, evaluación técnica y aplicación de los medios logisticos a emplear correrán por exclusiva cuenta de la Policía. - ARTICULO 5to.: La Municipalidad solventará los gastos que origine el funcionamiento de los medios previstos por la Policia a emplear por las "Patrullas Bonaerenses". Tendrá a su cargo las erogaciones que demande el combustible, mantenimiento y reparación de automóviles y los gastos en general por provisión de útiles y papelería. ARTICULO 6to.: La Municipalidad podra afectar personal propio o de terceros, para la realización de tareas de reparación y mantenimiento de las unidades, bajo su exclusiva responsabilidad, pudiendo igualmente, adquirir los repuestos en forma directa, siempre que los mismos sean legítimos y se apliquen a reparaciones que no se originen desperfectos de material en el periodo de garantía. ARTICULO 7mo.: La Municipalidad asume el compromiso de proveer — en forma periódica la información que
requiera la Secretaria de Seguridad de la Gobernación, a los fines de realizar un seguimiento permanente de los gastos mencionados en las cláusulas 5ta. y 6ta. del presente convenio.-
ARTICULO 8vo.; La Policia tomará a su cargo la designación y el gasto que demande la cobertura del personal de Seguridad necesario para operar, el, sistema de "Patrulla Bonaerense
ARTICULO 9no.: La duración de este convenio será de ciento ochenta (180) dias contadas a partir de entrada en vigencia del mismo, hecho éste que se configure con la entrega efectiva de vehículos y la firma del presente acuerdo- Este plazo se renovará por periodos de ciento ochenta días en forma automática y sucesiva salvo expresa voluntad en contrario de las partes, lo que deberá ser comunicado con treinta (30) dí as de anticipación al vencimiento del término correspondiente. En prueba de conformidad se firman 3 Tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ANEXO I -
CLAUSULA I: El listado de móviles que compone el p r e s e n t e
anexo del convenio de cooperación institucional celebrado en el día de la fecha entre la Policía de
la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bolivar, comprende los
automóviles y pick-ups patrulleros que desarrollaran su labor
en el Partido de Bolívar durante la vigencia del. referido
convenio dejando constancia que serán identificados con numero
de orden que comienza con "10000" y la inscripción en sus
laterales " Bolívar", conformando la dotación permanente de la
" Patrulla Bonaerense" del homónimo Partido; -----------------------------------------------------------------
CLAUSULA II Los vehículos cuyo orden interno se detalla a continuación quedaran
afectados a los servicios regulados por el presente convenios
ORDE CHASIS MOTOR N 9BGJ69RRPB0-135B2 B20NZ-31064466 1OOO1 TFS16HDL--1057 1053 256593 256597 10002 1050 254447 10003 10004
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares del presente anexo, de un mismo tenor y a un sólo efecto y como parte integrante del cuerpo normativo a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y tres. -------------------------------
INTENDENCIA MUNICIPAL BOLÍVAR
ANEXO-1 - (ADICIONAL)
En la ciudad de Bolívar,a los 24 días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro,entre la Policía de la Provincia de Buenos Aires,representada en este por el Señor Sub-Jefe de Policía,el Comisario General Norberto José PADILLA y la Municipalidad del Partido de Bolívar,representada por el Señor Intendente Municipal Dr.Juan Carlos REINA,se conviene en incrementar el Anexo I del acuerdo firmado las partes el día veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y tres ,incorporando dos(2)nuevas unidades a partir de la fecha,con lo cual el número de móviles asciende a seis(6)vehículos,de acuerdo al siguiente detalle:* ----------------- PATRULLEROS CHEVROLET MONZA SL
M0TOR_Nº CHASIS
10001 9BGJG69RRPBO- 13582 Nº PATRULLERAS CHEVROLET LUV 4 x 4 B20NZ310-
ORDEN MOTOR Nº
CHASIS N°
* 1.0059 TFS16HDL- 1705 295919 10060 TFS16HDL- 1.687 295004 10002 TFS16HDL- 1059 256593 10003 TFS16HDL- 1053 256597 10004 TFS16HDL- 1050 254447
En prueba de conformidad,se firman cuatro(4)ejenplares de un mismo tenor y a un// solo efecto. ----------------------------------------------------- .
JUAN C REINA Intendente
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.