Ordenanza Nº 1030/94

Creando subcomision de cultura de pirovano

Ordenanzas · 12 de abril de 1994 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 20 de Abril de 1994

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº 2784/93

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 1030/94

ARTICULO 1º: Créase la Sub-Comisión de Cultura de Pirovano, dependiente de la Dirección do Cultura de la Municipalidad de Bolívar. ARTICULO 2º Dicha Comisión estará integrada por catorce miembros y un asesor de acuerdo a detalle: 1 Presidente, l Vice-presidente,l secretario 1 pro-secretario, 1 tesorero, 1 pro-tesorero,3 vocales titulares, 3 vocales suplentes, 2 revisores de cuentas y 1 asesor; este cargo será desempeñado siempre por el Delegado Municipal de turno. ARTICULO 3º: Los cargos tendrán una duración de 2 años, no serán rentados y serán renovados anualmente por mitades en Asamblea Pública.-

ARTICULO 4º: Tendrán uso de firma para obligar a la mencionada sub-comisión: El Presidente, el Secretario y el Tesorero, indistintamente y conjuntamente de a dos.-

ARTICULO 5º: Cualquier vecino mayor de edad y residente en la Localidad podrá integrar la misma.- ARTICULO 6º: La partida para su funcionamiento deberá preveerse en los Presupuestos de Gastos de cada Ejercicio, estando los gastos que se imputen a la misma sujetos a las normas de, compras vigentes, no pudiendo ser efectuadas sin la intervención de la Oficina de Compras Municipal.- ARTICULO 7º Tendrá a su cargo el manejo, funcionamiento, mantenimiento y mejoramiento de la Sala del Teatro de la Sociedad Española de Socorros Mutuos de Pirovano, mientras dure el convenio que esta Institución tiene con la Municipalidad de Bolívar y de acuerdo a lo reglamentado en el Anexo -A— de la presente.- ARTICULO 8º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - - - -

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 14 días del mes de Abril de 1994.-

FIRMADO: SRA. ALICIA MARCH DE LASO (Presidente) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.-

INTENDENCIA MUNICIPAL DE BOLIVAR

Entre la SUB- COMISION DE CULTURA DE PIROVANO, en adelante el locador, con domicilio en la en la calle Avd. R. Pirovano s/nº, representada en este acto por .........e n su ca rá c te r d e . . . . . . . . . . , y p or la o tr a . . . . . . .. . .e n a de la n te el locatario, con domicilio en representada por • • • . en su carácter de se celebra el presente contrato de locación de sala sujeto a las siguientes condiciones:

1º-El locador cede en locación al locatario las instalaciones del Teatro de la Sociedad española de Socorros Mutuos de Pirovano,ubicada en la Avd. R. Pirovano s/nº de esta localidad por los días ....... «del mes de........ de 19 . . . . la cuál está totalmente amoblada conforme inventario que se agrega por separado y que forma parte integrante de este contrato, estando lo allí detallado,en perfecto estado de aseo y conservación, comprometiéndose el locatario a mantenerlos en perfecto estado y devolverlos

2º-E1 precio de la locación se ha convenido en la suma de pesos .......... ($.... ) o e n e l . . . % de lo recaudado para este espectáculo por función en en bruto sin ningún tipo de descuentos adicionales. Dicha suma de dinero será abonada por el locatario antes de comenzar la función en la boletería del teatro-

3º)E1 locatario se compromete a respetar en todas sus partes el reglamento interno del Teatro, del cuál toma conocimiento en este acto

4º)El locatario recibirá el teatro dos días antes de la función prevista, debiendo entregar la sala al día siguiente de la función. Lo recibe en perfectas condiciones de aseo y conservación, con todos sus vidrios, herrajes, llaves y accesorios, obligándose a mantener y devolver el inmueble en las mismas condiciones, y a pagar el importe de lo objetos faltantes o que se hayan roto y los deterioros causados

5º)E1 locatario se obliga a no subarrendar el todo o en parte la propiedad,a no transferir, ni ceder ni vender este contrato, so pena de rescindirse el mismo atento a la prohibición establecida.

6º)-E1 locatario destinará el teatro a ...... ............. y no po drá cambiar su destino, ni hacer actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres. 7º)Le está terminantemente prohibido al locatario realizar conexiones eléctricas o efectos de luz si no está realizada por el jefe electricista profesional de este Teatro y bajo supervisión de algún miembro de la Sub- Comisión de Cultura, siendo por cuenta del locatario el pago de los honorarios del profesional

8º)E1 locador no proveerá de material para decoraciones y el que tenga no podrá salir del mismo bajo ningún concepto 9º) Queda totalmente prohibido al locatario realizar escenografía alguna en el escenario, donde se permitirá solamente el armado de la misma

10º) Una vez finalizada la actuación y realizado el inventario de los accesorios eléctricos, spots, lámparas, tomacorrientes, triples, plásticos de colores individuales, etc. no se entenderá conforme la entrega de la sala si no existe constancia por escrito d< plena conformidad

llº)La sub-comisión de cultura es la única autorizada y responsable exclusiva del otorgamiento de fechas para el uso de la sala por ella administrada

l2º)La falta de cumplimiento a cualquiera de las claúsulas de este contrato, facultar al locador a rescindirlo,si no le conviene exigir su cumplimiento, reservándose el derecho para reclamar por daños y perjuicios.

13º) El locador constituye domicilio legal para todos los efectos derivados del presente en la Avd. Rodolfo Pirovano s,/nº y el locatario en.. ............. renunciando a otro fuero que no SEA el de los tribunales de la ciudad de AZUL

Así de conformidad se firman . . • • • ejemplares de un mismo tenor y a un solo efe en el lugar y fecha antes indicado

Observaciones

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.