Ordenanza Nº 979/93

Obligatoriedad de carnicerias en presentar planilla de control bromatologico

Ordenanzas · 14 de octubre de 1993 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

R E F. E x p t e . N º 27 0 6 / 9 3 AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR**, en uso de las facultades que l e son propias, sanciona con fuerza de: - ORDENANZA Nº: 979/93 •

ARTICULO lº: Determínase la obligatoriedad para todas las carnicerías y comercios que expendan carne vacuna, lanar, aves, porcinos lechones y/o chacinados, habilitados por ésta Municipalidad, la presentación mensual de una planilla de control provista por la Dirección de Bromatología•

ARTICULO 2º: a) Dichos establecimientos serán visitados por personal de la Dirección de Bromatología la que entregará las planillas y asesorará como confeccionar las mismas. B) En los meses subsiguientes deberán retirarse las planillas de la Dirección de Bromatología, al entregar la anterior.-c) Los datos se consignarán diariamente y/o al recibir las carnes, completando todos los ítems.-d) Las planillas serán conservadas en los comercios hasta su entrega y deberán presentarse a requerimiento de los inspectores en cada control que efectúen.—

ARTICULO 3º: Todo establecimiento y/o comercio que se encuadra en lo estipulado por el Articulo 1º) deberá disponer de la planilla de control a partir de la vigencia de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 4º Toda infracción a la presente Ordenanza, será sancionada con una multa equivalente a los porcentajes que se determinan a continuación, del Sueldo Mínimo-Categoría 16-del Empleado Municipal: Ira. infracción: 50% del Sueldo Mínimo Municipal 2da. Infracción: 100% del " " " 3ra. Infracción 200% del " " " 4ta. infracción: Clausura por un plazo de un día a un máximo de 90 días, no pudiendo efectuarse nueva habilitación hasta tanto no regularice la situación.- ARTICULO 5º: El Órgano de aplicación será la Secretaría de Salud y Acción Social, a través de la Dirección de Bromatología- ARTICULO 6º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - - DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR a lo 14 días del mes de Octubre de 1993.- JUAN EMILIO COLOMBO (Secretario] (Presidente) SR. JÓSE ALFREDO ACUSE BOLÍVAR

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.