Ordenanza Nº 953/93
Creando la direccion de deportes y recreacion
Bolívar, 14 de julio de 1993
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº 2325/91
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR», en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
• ORDENANZA Nº 953/93 -
ARTICULO 1º: Créase la Dirección Municipal de Deportes y Recreación que dependerá de la Secretaría de Salud y Acción Social.
ARTICULO 2º; Las funciones de la Dirección de Deportes son las previstas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º LO estipulado en los artículos anteriores tendrá vigencia a partir del lº de enero de 1993
ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.»
DADA en la S¿ala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, los 8 días del mes de Julio de 1993.-
FIRMADO: DR. JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario)
ES COPIA
ANEXO I ARTICULO lº: El Municipio atenderá el Deporte y la Recreación, en sus diversas manifestaciones considerando como objetivo fundamental: les: a) La utilización del Deporte como factor educativo y coadyuvante a la formación integral del hombre y como recurso para la Recreación y sano esparcimiento de la población b) La utilización del Deporte como factor de la salud integral de la población y para el desarrolló de sus sentimientos de patriotismo, sana emulación y solidaridad. c) Elevar el nivel de aptitud física general de toda la población d) EL fomento de la práctica de competencias deportivas en procura de alcanzar altos niveles de las mismas, asegurando que las representaciones del municipio a nivel intermunicipales, provincial y nacional sean la real expresión de la jerarquía cultural y deportiva del mismo e) Promoción de la conciencia de los valores de la educación física el deporte y la recreación, la implementación de las condiciones que permitan el acceso a las prácticas deportivas- recreativas de todos los habitantes del Municipio, cualquiera sea su edad, sexo, condición social, credo o raza f) Concretar en lo Municipal una estructura oficial de coordinación y apoyo a las actividades deportivo—recreativas g) La coordinación con organismos públicos y privados para la organización de las competencias y en el ordenamiento, fiscalización de los recursos referidos al deporte© ARTICULO 2º: El director de Deportes y Recreación tendrá las siguientes atribuciones: a) Asistir y distribuir los recursos que el Municipio destine al fomento de las actividades deportivo-recreativas, con sujeción a la partida específica fijada en el Presupuesto Anual Municipal, fijando las condiciones a las que deberán afectarse las instituciones deportivas para recibir subsidios, subvenciones o préstamos. b) Orientar, coordinar, programar, asistir, ordenar y fiscalizar las actividades deportivas del Municipio, en todas sus formas conformes a las pautas sugeridas por el Consejo Municipal de Deportes c) Instituir, promover y reglamentar la realización de juegos deportivos para niños, jóvenes y adultos en jurisdicción del Municipio, en coordinación con organismos públicos nacionales, provinciales e instituciones privadas d) Promover la integración social del discapacitado, a través de su participación en las actividades recreativas programas por el Consejo Municipal de Deportes e) Estimular los aspectos recreativos del deporte infantil en detrimento de los estrictamente competitivos f) Fiscalizar el destino que se le de a los recursos municipales para el deporte y la recreación g) Proceder a la cancelación de préstamos, subvenciones y subsidios que acordare cuando no se hubiera dado cumplimiento a las condiciones previstas para su otorgamiento h) Proceder en el supuesto previsto en el inciso anterior, a la inhabilitación del beneficiario para obtener nuevos recursos por el término que se determine conforme a la reglamentación que oportunamente dicte el D.E. y aprobar los planes, programas y proyectos destinados al fomento del deporte y la recreación que eleve el Consejo Municipal de Deportes i) Asesorar a los organismos públicos y privados en los aspectos relacionados con la aplicación de esta Ordenanza y cumplimiento de los objetivos propios de la actividad deportiva que desarrolla j) Asegurar los principios de ética deportiva, haciendo participé de ellas a las instituciones, dirigentes, árbitros, deportistas, etc, a través de las entidades que los representan,, k) Proveer la formación y actualización de recursos humanos, facilitando su asistencia a cursos y jornada de capacitación* Organizar conferencias, cursos y exposiciones vinculadas a la materia, 1) Crear y auspiciar la formación de bibliotecas, hemerotecas y museos deportivos m) Colaborar con las autoridades educacionales competentes, en el desarrollo de las actividades deportivas. n) Organizar y llevar el Registro Municipal de Instituciones Deportivas,, o) Realizar el relevamiento de instalaciones deportivo-recreativas existentes en jurisdicción del Municipio. p) Proponer a los organismos correspondientes, las medidas necesarias a fin de guardar por la
seguridad y corrección de los espectáculos deportivos, q) Proponer ordenanzas, decretos y/o disposiciones especiales de fomento que contemplen franquicias a deportistas, dirigentes, técnicos, jueces e instituciones deportivas r) Establecer y aplicar normas para la organización e intervención de las delegaciones del municipio en competencias deportivas municipales intermunicipales, provinciales y nacionales s) Arbitrar las medidas necesarias para la aplicación de normas médico -sanitarias para la practica en competencias deportivas. t) Proponer la utilización de espacios libres municipales y/o perteneciera, tes a otra jurisdicción pública o privada, con el objeto de ser destinadas a la construcción deportiva y/o recreativa, según un criterio de descentralización y de atención a zonas de menores recursos, mediante ordenanzas y convenios u otros instrumentos legales que establecerán las modalidades particulares con cada caso ARTICULO 3º De forma-
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.