Ordenanza Nº 924/93

Modificando ordenanza 88/1984

Ordenanzas · 14 de enero de 1993 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 22 de Enero de 1993

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº: 2572/92

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 924/93

ARTICULO 1º Desaféctese de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 88/84, las siguientes cuadras de la Localidad de Urdampilleta: ANTÁRTIDA ARGENTINA e/Belgrano y Sarmiento (1 cuadra) MALVINAS ARGENTINAS e/Colón y Moreno (2 cuadras) AVENIDA ITALIA e/Laprida y Pueyrredon (2 cuadras) AVENIDA ITALIA e/Laprida y Alberdi (1 cuadra) PASTEUR e/Laprida y Alberdi (2 cuadras) IRIGOYEN e/Laprida y Alberdi (2 cuadras) PELLEGRINI e/Laprida y Ssavedra (2 cuadras) MAIPU e/Pueyrredon y Alberdi (1 cuadra) MAIPU e/Colón y Laprida (1 cuadra) ESPAÑA e/Pellegrini y Av. (8 cuadras) COLON Italia(3 cuadras) BELGRANO e/B. Linch y M. Argentino(1 cuadra) SAAVEDRA e/B.Linch e Italia (1 cuadra) LAPRIDA e/Chacabuco y Maipú (1 cuadra) PUEYRREDON e/Chacabuco y Maipú (1 cuadra) PUEYRREDON e/Pellegrini y Av. Italia(3 cuadras) ALBERDI e/Chacabuco y San Martín (2 cuadras) ALBERDI e/Pellegrini e Irigoyen (1 cuadra) Y las siguientes cuadras de la Localidad de Pirovano F. ORMAECHEA é/Urcullo y R.Pirovano (3 cuadras) V.TORRACO e/R.Pirovano y Salaverrla(2 cuadras) ALVARO LUCERO e/Salaverría y Chiapara (1 cuadra) DIAG.ROTETA e/Heredia y Chiapara (1 cuadra) F. CARRANZA e/Daneri y Saffaroni (2 cuadras) BERTODOTTI e/Calle 13 y 17 (2 cuadras) CALLE 12 e/L.de Pirovano y Calle 13(1 cuadra) BUGALLO e/D.Bruno y B.González (1 cuadra) URCULLO CALLE e/U.de Casares y Sebastiano(2 cuadras) 23 CALLE 15 e/Calle 12 y Bertolotti L.RODRÍGUEZ (1 cuadra) e/Calle 12 y (1 cuadra) (1 cuadra) CHIAPARA Bertolotti e/Carranza y SAFFORANI F. Bertolotti e/Repetto y (2 cuadras) (1 cuadra) HEREDIA Lucero e/Carranza y e/Belgrano y Repeto (1 cuadra) Rivadavia e/Milani y Repeto

ARTICULO 2º: La reanudación del cobro de las cuotas al vecino frentista sólo se hará efectiva al reiniciarse las obras de pavimentación proyectadas, comenzando por la cuota Nº 20 del plan. Los frentistas que adeuden cuotas entre la Nº 1 a la 19, podrán acceder a planes de regularización según lo disponga el D.E.- En la Localidad de Pirovano la reanudación del plan se efectuará por la calle Luis Daneri, entre Repetto y Bertolotti, por su utilidad pública, continuándose por el sistema de ranking de mayor recaudación en los distintos sectores a pavimentar. Con excepción de cuadras con problemas de desagües, nivelación u otros de orden técnico, en cuyo caso determinará 1a Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

ARTICULO 3º: Los vecinos frentistas que resulten desafectados de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 88/84, podrán solicitar la devolución de los importes abonados, a valores similares a la cuota vigente en el momento de la solicitud, o mantener ese aporte para futuro planes de pavimentación o para el actual plan. Además podrá cancelar deudas por Tasas Municipales.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 4º; Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - - -

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR a los 14 días al mes de Enero de 1993.-

FIRMADO: DR. JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.-

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.