Ordenanza Nº 827/91

Modificando ordenanza 817/1991

Ordenanzas · 24 de octubre de 1991 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref: Sin número de Expte. Despacho de Ref: Sin número de expediente, despacho de la Comis, de Pto, y Hacienda,

"EL h. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA Nº: 827/91

ARTICULO 1º: Agréguese al ART. 2º) de la Ordenanza Nº 817/91, a continuación de "Infraestructura Vial" lo siguiente: "2.5.1.2.Máquinas Motores y Herramientas."

ARTICULO 2º: Créase una cuenta especial a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º de la presente,

ARTICULO 3º Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese,- - - — — —

DADA en la Sala de sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR, a los 24 días del mes de Octubre de 1991,-

FIRMADO: DR. JUAN EMILIO COLOMBO (Pte,) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Srio,)

ES COPIA..

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.