Ordenanza Nº 627/89

Modificando ordenanza 613/1989

Ordenanzas · 6 de diciembre de 1989 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

MODIFICADA POR LA 645/89

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.EXP.Nº 1886/89 EL H,CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR en uso de las facultades que le son propias,sanciona con fuerza de.

ORDENANZA Nº 627/89

Articulo lº Modifícase el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 613/89 , que quedará redactado de la siguiente forma:

El Interés punitorio será aplicado de la siguiente manera Para la tasa vial y seguridad e Higiene para las deudas correspondientes al año 1984.80% anual para las deudas correspondientes al año 1985 70% anual para las deudas correspondientes al año 1986 50% anual para las deudas correspondientes al año 1987 40% anual para las deudas correspondientes al año 1988 30% anual para las deudas correspondientes al año 1989 10% anual

"Para las tasas de servicios sanitarios y alumbrado, barrido, limpieza y conservación de la vía pública Para las deudas correspondientes al año 1984 40% anual » « « » 1985 30% " " " " " " " 1986 20% " " " " " " " 1987 15% " " " " " " " 1988 10% " " " " " " " 1989 5% " Articulo 2º: Comuníquese,regístrese, publíquese y archívese» - - - • DADA en la Sala de Sesiones del H CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR,a 6 Días del mes de Diciembre de 1989, - - - - - - - - - - - - - - -

FIRMADOS Dr.JUAN E.COLOMBO (Pte«)Sr.JOSE ALFREDO ACUSE (Srio). ES COPIA

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.