Ordenanza Nº 606/89
Modificando ordenanza 599/1989
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.: EXP. Nº 1842/89.-
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
- ORDENANZA Nº 606/89 -
ARTICULO 1º): Modifícase la Ordenanza Nº 599/89 en la siguiente formas a) Agrégase al artículo 1º) a partir de la expresión "deu-da atrasada", lo siguiente: "inclusive en los casos en que exista Juicio de apremio, aún con liquidación firme".- Reemplázase el texto del artículo 2º), por el siguiente Artículo 2º): Cada una de las cuotas atrasadas de las tasas mencionadas, será actualizada al valor que resul- te de dividir el total de la Tasa respectiva fijada para todo el año 1989, por 6 para las 3 primeras y por 4 para la última, a que hace referencia el artículo 10),/ aplicándole al valor actualizado un interés punitorio", Reemplázase en el artículo 3º) la expresión "hasta el 31 de Diciembre de 1989", por la siguiente: "a partir de la fecha del acogimiento"•-
d) Elimínase en el artículo 5º) la expresión "(31 de Diciembre de 1989)".-
ARTICULO 2º): Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 26 / de OCTUBRE de 1989
FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) « SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.).- -
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C O P I ES A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.