Ordenanza Nº 503/88

Incremento luz urdampilleta

Ordenanzas · 22 de noviembre de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.: EXP. Nº 1.563/88

EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR», en uso de las facultades que 1e son propias, sanciona con fuerza de» ORDENANZA Nº 503/88

ARTICULO 1º):Fíjase el siguiente cuadro Tarifario a aplicar por la Cooperativa Eléctrica Ltda. de Urdampilleta a partir del lº de DICIEMBRE de 1988: CONSUMIDORES RESIDENCIALES .... A 1,6626 CONSUMIDORES COMERCIALES . .... A l7768 CONSUMIDORES RURALES ........... A 1,7986 CONSUMIDORES OFICIALES • • • • .. A 1,6626 CONSUMIDORES NO ASOCIADOS • • • . A 2,2800 ALUMBRADO PUBLICO • • • • • • • A 1,5465

ARTICULO 2º) A dichas facturaciones se les ha practicado un descuento del diez por ciento (10%), en la forma que fija la Reso lución Nº 2189/87 y Nº 172/88 de la Dirección de la Energía de la Provincia de Bs. As. (D.E.B.A.).- ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 22 de NOVIEMBRE de 1988 FIRMADO: DR, JUAN E. COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO) ES COPI

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.