Ordenanza Nº 479/88

Incremento luz urdampilleta

Ordenanzas · 13 de octubre de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF. EXP. Nº 1509/88.-

"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR», en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza des - ORDENANZA N° 479/88 -

ARTICULO 1º):Fíjase el siguiente Cuadro Tarifario a aplicar por la Cooperativa Eléctrica Ltda, de Urdampilleta a partir del lº de SETIEMBRE de 1988.-

CONSUMIDORES RESIDENCIALES ... A 1,2505 CONSUMIDORES COMERCIALES .... A 1,3363 CONSUMIDORES RURALES ...... A 1,3529 CONSUMIDORES OFICIALES ..... A 1,2505 CONSUMIDORES NO ASOCIADOS ... A 1,9000 ALUMBRADO PUBLICO............. A 1,1633 ARTICULO 2º):Fíjase el siguiente Cuadro Tarifario a aplicar por la Cooperativa Eléctrica Ltda, de Urdampilleta a partir del 1º de OCTUBRE de 1988:

CONSUMIDORES RESIDENCIALES ... A 1,4062 CONSUMIDORES COMERCIALES .... A 1,5028 CONSUMIDORES RURALES ...... A 1,5213 CONSUMIDORES OFICIALES ....... A 1,3081 CONSUMIDORES NO ASOCIADOS ... A 1,9500 ALUMBRADO PUBLICO • • • • ...A 1,3081 ARTICULO 3º): A las respectivas facturaciones deberá practicárseles un descuento del diez por ciento (10%) en la forma que fija la Resolución N° 2189/87 y NO 0172/88 de la Dirección de la Energía de la Provincia de Buenos Aires (D.E.B.A.) ARTICULO 40): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese,- - - — DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 13 de OCTUBRE de 1988.

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.