Ordenanza Nº 473/88
Incremento luz bolivar
H. Concejo Deliberante Bolívar AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF.: EXP. Nº 1485/88
"EL h.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las
facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 473/88
ARTICULO lº):Fíjase en A 1,2481 el costo básico del KWH.
a facturar por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda
, (de Consumo) para las lecturas de medidores que se
practiquen a partir del 1º de Setiembre de 1988
ARTICULO 2º): A dicha facturaciones deberá
practicárseles un descuento del diez por ciento (10%),
en la forma que fija la Resolución Nº 2189/88 de la
Dirección de la Energía de la Pcia. de Bs.As.
(D.E.B.A.).
ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y
archívese.- - -
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE
DE BOLÍVAR, a 01 de SETIEMBRE de 1988.FIRMADO: DR. JUAN
E.COLOMBO (PTE.) • SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.).- -
ES CO P I A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.